Inicio Policiales El fiscal Márquez cuestionó a la jueza

El fiscal Márquez cuestionó a la jueza

0
El fiscal Márquez cuestionó a la jueza
Francisco Márquez sostuvo que “lo que la jueza puso en tela de juicio es, en definitiva, la palabra de este fiscal”, porque al aplicar una pena mayor a la solicitada por el acusador ha provocado la pérdida de confianza del abogado defensor en la palabra del fiscal

El caso de Braian Salas, el joven de 19 años condenado a siete años de prisión, disparó una polémica. Marcelo Martín Silvano, el abogado defensor, cuestionó a la magistrada y anticipó que casará la condena. Por su parte, el fiscal Francisco Márquez, señaló que la decisión de la jueza “es legal, pero ilegítima”

Francisco Márquez sostuvo que “lo que la jueza puso en tela de juicio es, en definitiva, la palabra de este fiscal”, porque al aplicar una pena mayor a la solicitada por el acusador ha provocado la pérdida de confianza del abogado defensor en la palabra del fiscal
Francisco Márquez sostuvo que “lo que la jueza puso en tela de juicio es, en definitiva, la palabra de este fiscal”, porque al aplicar una pena mayor a la solicitada por el acusador ha provocado la pérdida de confianza del abogado defensor en la palabra del fiscal

No fue la única vez en la historia judicial de Villa María ni tampoco está fuera de la ley, pero en un hecho al menos inusual, Silvia Savslasky de Camandone, la vocal de la Cámara del Crimen que presidió la audiencia contra Braian Salas, el joven acusado de “robo calificado por uso de arma”, lo condenó a cumplir una pena mayor a la solicitada por el fiscal Francisco Márquez.

En diálogo con EL DIARIO, Márquez repasó el caso indicando que, tal como se dijo expresamente en la audiencia, hubo un acuerdo previo por el cual, si al menos un testigo reconocía a Braian Salas como el autor del robo -lo que de hecho sucedió- el joven iba a declararse culpable “sabiendo que la pena que le iba a pedir el fiscal era de seis años y ocho meses”.

El abogado defensor le recomendó a su cliente que se declarara culpable, “porque confiaba” en el acuerdo con el fiscal. Pero finalmente, la magistrada lo condenó a siete años.

“Lo que dice (Marcelo) Silvano es que ha sido traicionado y tiene razón, porque él recomienda a su defendido que se declare culpable con la confianza en la palabra del fiscal. Acá, lo que la jueza puso en tela de juicio es, en definitiva, la palabra de este fiscal”, agregó.

Cabe señalar que en el expediente que llevó a juicio a Salas, había al menos dos personas que indicaron que el culpable del robo había sido otro joven, con el que comparten un apodo (a Salas le dicen “Jeta” y el otro que había sido apuntado era “El Jetón” Pereyra) y características físicas similares.

“En ese contexto, el defensor sabe que si se hace un juicio más extenso, con más testigos, expone a su cliente a una pena mayor; y el fiscal, corre el riesgo de perder. Por eso sostengo que es mejor un buen acuerdo antes que un buen juicio”, dijo Márquez.

“Además, tal como argumenté en los alegatos, seis años y ocho meses para un joven de 19 años sin antecedentes, era una pena que se ajusta al criterio de la mínima suficiente”, agregó.

“Entonces, si la palabra que el fiscal da al abogado no es una garantía, porque la autoridad, es decir, la jueza; puede imponer mayores penas, no podemos hacer juicios abreviados. Y esto quiere decir que no podríamos haber hecho, como en lo que va del año, 53 audiencias. Y bueno, haremos 10, demoraremos 20 días con cada uno y los presos sin condena van a estar cuatro años en la cárcel en lugar de dos. Me parece que hay una cuestión de fondo y que tiene que ver con la política criminal”, expresó el fiscal de Cámara.

 

Aspecto legal

Además de esa cuestión, hay otro aspecto sobre el que se expresó Márquez: el jurídico.

Sobre ese punto, señaló que la decisión de la jueza de dar una pena mayor a la pedida por el fiscal es legal. “Está avalada por el artículo 410 del Código de Procedimiento Penal”, explicó. “Pero uno tiene que analizar de dónde viene esa norma. Ese artículo es un resabio inquisitivo del Código viejo, que era un código en el que el instructor de la causa era un juez y no un fiscal. De esa forma, se decía que quien tenga al juez como instructor, necesita a Dios como defensor”.

Y agregó: “La evolución más democrática nos lleva a un sistema acusatorio. Es decir, en el que el juez debe resolver conforme a lo pedido por el fiscal. Y es allí donde la jurisprudencia a oscilado en distintas posiciones”.

Sobre el particular, remarcó que, por ejemplo, el pedido de absolución de un fiscal obliga al juez a absolver. “Si es obligatorio en caso de absolución, lo es también con el monto de la pena. Al menos, esa es mi opinión, que coincide con lo que expresaron desde la Corte Suprema (Eugenio) Zafaroni y (Ricardo) Lorenzetti”, dijo.

Y finalizó: “¿Es legal? Sí, es legal lo que ha hecho la jueza ¿Estoy de acuerdo? No, bajo ningún punto de vista, porque para mí es ilegítimo”.