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Fue condenado por vender drogas, pero quedó a un paso de la libertad

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Fue condenado por vender drogas, pero quedó a un paso de la libertad
Dante Alvarez reconoció su adicción a las drogas y al alcohol, pero negó haber vendido estupefacientes. No obstante, recibió una condena de tres años de prisión efectiva

Se trata de Dante Alvarez, vecino de barrio La Floresta de Villa Nueva, quien recibió una pena de tres años de prisión efectiva. Como la de ayer fue su primera sanción y lleva casi 10 meses entre rejas, podría obtener la condicional en los próximos días

Dante Alvarez reconoció su adicción a las drogas y al alcohol, pero negó haber vendido estupefacientes. No obstante, recibió una condena de tres años de prisión efectiva

Un villanovense, confeso adicto a las drogas y al alcohol durante más de dos décadas, fue condenado ayer a tres años de prisión de cumplimiento efectivo luego de ser declarado culpable de comercializar estupefacientes en su casa de barrio La Floresta.

La pena recayó en Dante Alvarez (48), quien quedó a un paso de recuperar la libertad ya que se trata de un convicto primario que lleva casi 10 meses “a la sombra”.

En efecto, Alvarez se encuentra detenido desde el sábado 4 de junio de 2016, cuando efectivos de la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA) allanaron de manera simultánea tres inmuebles en la vecina ciudad.

El operativo policial, que se realizó a partir de las 3.30 de la madrugada, se inició con el arresto del sospechoso durante la requisa de su domicilio, ubicado en calle San Luis. Al mismo tiempo, los uniformados irrumpieron en otras dos viviendas, una emplazada en la misma arteria del populoso barrio villanovense y la otra en la esquina de Alfredo Palacios y Juárez Celman.

En ambos domicilios se incautó marihuana, una escasa cantidad de cocaína, restos de drogas en diferentes utensilios, seis plantas de “cannabis sativa”, 9.000 pesos en efectivo y ocho teléfonos celulares, entre otros elementos aparentemente relacionados con el fraccionamiento y la venta de sustancias prohibidas.

Sin embargo, Alvarez negó haber comercializado estupefacientes, aunque admitió que es adicto desde hace más de 20 años y que, por esa razón, la marihuana que secuestraron en su casa era para consumo personal.

A poco de comenzada la audiencia y tras la lectura de la pieza acusatoria y de la declaración del imputado, compareció un efectivo policial que intervino en los seguimientos y posterior allanamiento a la vivienda de Alvarez.

A la hora de los alegatos, el fiscal de la Cámara del Crimen de Villa María, Francisco Márquez, solicitó una pena de cuatro años de prisión, el mínimo establecido por el artículo 5º, inciso “c” de la Ley Federal de Estupefacientes Nº 23.737.

La referida norma legal establece que “será reprimido con prisión de cuatro a 15 años y multa (…) el que, sin autorización o con destino ilegítimo… c) comercie con estupefacientes o materias primas para su producción o fabricación o las tenga con fines de comercialización, o las distribuya, o las dé en pago, o las almacene o transporte”.

 

El “caso Loyola”

Cabe recordar que el 27 de octubre de 2016, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba, al dictar sentencia en la causa “Loyola, Sergio Alejandro, por supuesto autor de comercialización de estupefacientes”, hizo lugar a un recurso de inconstitucionalidad planteado por la Defensa.

El fallo sentó jurisprudencia, pero abrió una polémica que todavía no fue resuelta jurídicamente, ya que fue apelado por la Fiscalía General de la Provincia. Ocurre que tanto la venta de drogas en pequeñas cantidades (narcomenudeo) como el tráfico de estupefacientes en grandes cantidades (narcotráfico), tienen la misma escala penal: de cuatro a 15 años.

En la “causa Loyola”, el TSJ sostuvo que era inconstitucional que ambas figuras delictivas tuvieran idéntico castigo y bajó a tres años el mínimo de la pena para el narcomenudeo. Y cuando se impone una condena de ese monto, la legislación prevé la “libertad condicional” para aquellos convictos primarios que hayan cumplido ocho meses entre rejas.

A su turno, el abogado defensor de Alvarez, Jorge Bustos, pidió que se declarara inconstitucional la citada norma y solicitó para su cliente una condena de tres años de cárcel.

Finalmente, el camarista Félix Martínez, al dictar sentencia, declaró la inconstitucionalidad del artículo 5, inciso “c”, y le impuso a Alvarez la pena requerido por su defensor.

Como el villanovense no registra antecedentes penales, si observó buena conducta durante el tiempo que lleva detenido y sortea con éxito una pericia psiquiátrica que acredite que está en condiciones de reinsertarse socialmente, podrá recuperar la libertad en los próximos días.

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