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“Necesito cumplirle a mi hijo que estaré con él antes de fin de año”

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“Necesito cumplirle a mi hijo que estaré con él antes de fin de año”
Llorando y con la voz ahogada por las lágrimas, Fantino les pidió disculpas a Yanila Ríos, a su familia y a su pequeño hijo, de 6 años, “que es lo que más amo en el mundo”, según dijo después de declararse culpable de los hechos

Llorando, Diego Fantino se declaró culpable y le pidió públicas disculpas a Yanila Ríos y a su familia

Tal como se preveía, el exarquero de Atlético Ticino fue condenado a tres años y medio de prisión al cabo de un juicio abreviado. Al confesar los hechos, con lágrimas en los ojos y la voz entrecortada, pidió “salir para rehacer mi vida”

Visiblemente compungido y llorando casi con desconsuelo, Diego Oscar Fantino (37) admitió ayer su culpabilidad en los episodios de violencia de género que lo llevaron a la cárcel el 4 de septiembre de 2016 y por los que fue condenado a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.

“Asumo los hechos”, comenzó diciendo el exfutbolista y vecino ticinense luego de haber escuchado la acusación, y con la voz ahogada por el llanto les pidió públicas disculpas a Yanila Macarena Ríos (27) y a sus familiares por el daño causado.

“Quiero pedirle disculpas a Yanila, a su familia y a mi hijo, que es lo que más amo en el mundo”, señaló Fantino con lágrimas en los ojos, y agregó: “Necesito salir para rehacer mi vida y hacer un tratamiento psicológico”.

De inmediato y como implorando clemencia de la Justicia, concluyó: “Necesito cumplirle a mi hijo que estaré con él antes de fin de año”.

El ruego del hombre nacido y domiciliado en Ticino puso al descubierto su desesperación por dejar la cárcel de barrio Belgrano lo antes posible, aunque hay que aclarar que con buena conducta y una pericia psicológica favorable podrá obtener la “libertad condicional” una vez que cumpla las dos terceras partes de la condena impuesta, es decir, dos años y cuatro meses.

Dentro de exactamente un mes, Fantino completará dos años entre rejas, por lo que le restará cumplir otros cuatro meses antes de ser excarcelado. De ese modo, dejará el penal villamariense el viernes 4 de enero de 2019.

En principio, el exarquero de Atlético Ticino pasaría Navidad y Año Nuevo entre rejas. Sin embargo, la Ley de Ejecución Penal Nº 24.660 contempla algunas consideraciones especiales cuando el convicto realiza estudios o cursos de posgrado durante el tiempo que se encuentra privado de la libertad (ver “Fantino podría salir antes de lo previsto”).

Según el abogado defensor Carmelo Zucarello, su cliente “realizó cursos y algunos trabajos dentro de la cárcel” por lo que, debido a esa instrucción y cooperación, podría obtener algún beneficio.

“No sabemos cuántos meses le pueden descontar, pero después de la lectura de los fundamentos quizás esté pidiendo la ‘libertad condicional’, previo cómputo de pena y una pericia psicológica”, indicó el letrado riotercerense.

 

Márquez, contundente

A la hora de los alegatos, el fiscal Francisco Márquez fue breve (habló solo 10 minutos), pero lapidario y contundente: “Más allá de la confesión lisa, llana y sentida de los hechos por parte del imputado, debemos decir que cometió reiterados episodios de violencia de género que demostraron su machismo”.

“El se sentía dueño de las mujeres con las que trataba; las cosificaba y consideraba que podía fajarlas”, enfatizó el titular del Ministerio Público y sostuvo que “el perdón de las víctimas no lo exonera de la responsabilidad penal que tiene”.

En otro pasaje de sus conclusiones, Márquez se dirigió al exfutbolista y le dijo: “Me alegro que se haya dado cuenta”, en alusión a las expresiones de dolor y arrepentimiento manifestadas al momento de declararse culpable y pedir disculpas, y agregó: “Usted va a tener que seguir tratándose con un psicólogo”.

Posteriormente, aludió a la “peligrosidad demostrada por Fantino” en los hechos que tuvieron como víctimas a sus exparejas y mirándolo a los ojos le advirtió: “Usted ha tenido suerte de que el resultado (de la agresión a Ríos) no fue la muerte de ella”.

Por último, el fiscal sostuvo que el mínimo reproche legal que le correspondía al acusado era que se le impusiera una pena de tres años y seis meses de prisión efectiva, sobre todo teniendo en cuenta que se trataba de un convicto primario que había confesado expresamente su culpabilidad en todos los hechos.

A su turno y en apenas cinco minutos, el defensor adhirió a la pena requerida por el fiscal (había un acuerdo previo entre ambos), pero agregó que el arrepentimiento de Fantino era sincero y que había tenido un “profundo aprendizaje en la cárcel”.

“No solo admitió haberse equivocado, sino que está con ansias de cambiar su vida”, concluyó Zucarello.

 

Cinco cuerpos de expediente se labraron en la Justicia por los violentos episodios protagonizados por Fantino

Tiempos violentos

Diego Fantino fue declarado autor responsable de “desobediencia a la autoridad reiterada” y “lesiones leves”, en perjuicio de Luciana Soledad Lorenzatti (primera pareja y madre de su hijo de 6 años), y de los delitos de “daño”, “privación ilegítima de la libertad calificada”, “lesiones graves calificadas” y “abandono de persona” por la brutal agresión a Yanila Ríos.

En efecto, en diciembre de 2015, el exfutbolista protagonizó una serie de incidentes que tuvieron como víctima a Lorenzatti, ya que desobedeció reiteradamente una orden judicial que le impedía acercarse a ella, precisamente por su irascible conducta.

Además, en una oportunidad la agredió físicamente cuando la mujer se encontraba junto a su nueva pareja, Fernando Romero, con quien incluso se tomó a golpes de puño y le dañó su camioneta.

Con respecto a los hechos en perjuicio de Yanila, pudo saberse que después de golpearla ferozmente, a tal punto de dejarla inconsciente, la abandonó en su casa y se fue sin asistirla. La joven permaneció alrededor de siete horas en ese estado y recobró el conocimiento poco antes del mediodía de ese mismo domingo 4 de septiembre.

Como dato significativo, durante esas siete horas Fantino llamó al celular de la víctima más de 100 veces, según los registros telefónicos. Obviamente la joven nunca pudo atender por su estado y cuando pudo reaccionar, le pidió auxilio a una amiga.

Sobre este aspecto, el fiscal Márquez sostuvo que el centenar de llamados realizados obedecía a que el exfutbolista “desconocía la suerte que había corrido la joven luego de la feroz golpiza que le propinó, a tal punto que puso en serio peligro su vida”.

 

Fantino podría salir antes de lo previsto

El artículo 140 de la Ley 24.660, denominado “Estímulo educativo”, hace referencia a distintas reducciones de pena que se aplican cuando un convicto realiza estudios durante el tiempo que se encuentra privado de la libertad.

Dicha norma legal establece que “los plazos requeridos para el avance, a través de las distintas fases y períodos de la progresividad, del sistema penitenciario se reducirán de acuerdo con las pautas que se fijan en este artículo, respecto de los internos que completen y aprueben satisfactoriamente total o parcialmente sus estudios primarios, secundarios, terciarios, universitarios, de posgrado o trayectos de formación profesional o equivalentes:
a) un (1) mes por ciclo lectivo anual;
b) dos (2) meses por curso de formación profesional anual o equivalente;
c) dos (2) meses por estudios primarios;
d) tres (3) meses por estudios secundarios;
e) tres (3) meses por estudios de nivel terciario
f) cuatro (4) meses por estudios universitarios;
g) dos (2) meses por cursos de posgrado.
Estos plazos serán acumulativos hasta un máximo de veinte (20) meses”.

El abogado Zucarello dijo ayer que Fantino realizó cursos de capacitación, por lo que su condena podría reducirse en uno o dos meses. De esa manera, tal vez sea excarcelado antes de completar los dos años y cuatro meses que fija el artículo 13 del Código Penal de la Nación para conceder la “libertad condicional” a un convicto primario que recibe una pena superior a los tres años de prisión.

También puede ocurrir que se le permitan algunas salidas transitorias, pero no antes de mediados o fines de septiembre, porque los trámites administrativos de rigor, tanto carcelarios como judiciales, llevan su tiempo.

 

Qué dice el Código Penal sobre la «libertad condicional»

El artículo 13 del Código Penal de la Nación establece que “el condenado a prisión por más de tres años, que hubiere cumplido los dos tercios de su condena (…), observando con regularidad los reglamentos carcelarios, podrá obtener la libertad (…) previo informe del establecimiento e informe de peritos que pronostiquen en forma individualizada y favorable su reinserción social”.

Sin embargo, para otorgar dicho beneficio, la Justicia de Ejecución Penal exige que el convicto cumpla una serie de reglas de conducta, como por ejemplo “no cometer nuevos delitos”, “conseguir un trabajo” y “someterse a tratamiento psicológico”.

El incumplimiento de alguna de esas normas dejará sin efecto la condicionalidad de la pena y el condenado volverá a la cárcel hasta completar la sanción impuesta.

 

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