Inicio Locales Alquileres: una ley que busca el consenso entre las partes

Alquileres: una ley que busca el consenso entre las partes

0
Alquileres: una ley que busca el consenso entre las partes

La impulsan distintas agrupaciones de inquilinos del país. En Villa María están empezando a organizarse por problemas en común. Los principales puntos del proyecto que se espera aprobar a principios de 2017

La ley alcanza tanto a inquilinos urbanos como rurales

En el país hay 6,5 millones de personas que todos los meses pagan cierto dinero a un propietario para vivir bajo techo.

En un momento en donde el mercado de alquileres aumentó notoriamente su oferta y las posibilidades de acceder a una casa propia se redujeron con la caída de planes como el Procrear, inquilinos agrupados de todo el país impulsaron un proyecto de ley que tiene como objetivo principal mejorar la calidad de vida de los arrendatarios.

La organización Inquilinos Córdoba, de la capital provincial, fue una de las impulsoras junto a otras de distintos puntos de Argentina que integran el Frente de Inquilinos Nacional.

En nuestra ciudad existe un grupo de arrendatarios que se expresa a través de la red social Facebook, donde se lo puede encontrar como Inquilinos Unidos Villa María. Allí se pueden leer distintas publicaciones a favor del proyecto de normativa que ya obtuvo media sanción por unanimidad en Senadores.

Se espera que a principios de 2017 Diputados apruebe la propuesta, que llegó al Congreso mediante la senadora por Río Negro Silvina García Larraburu (Frente para la Victoria).

 

Alquileres justos

Si bien algunas cámaras de inmobiliarios a nivel nacional salieron al cruce de algunos artículos del proyecto de ley, hubo un amplio consenso sobre los principales cambios que pretende introducir la normativa a lo ya existente en el Código Civil en materia de alquileres (ver recuadro).

“Queremos darle un marco objetivo sin ningún tipo de especulación y que sea un alquiler más justo para el propietario y para el inquilino”, comentó Maxi Vittar, integrante de Inquilinos Córdoba, una unión que nació también como un grupo en una red social para “brindar recomendaciones y concientizar sobre los derechos que tienen los inquilinos, y a su vez dar orientación jurídica sobre algunos temas”, según indicó el joven.

“La ley mantiene el equilibrio entre las exigencias del propietario y las necesidades de alquilar, para que sea justo tanto para el que invirtió dos millones de pesos para tener una renta mensual como para el que debe pagarla cada mes”, opinó el corredor público Martín Cardozo (MCPI Nº 4728), de C3 Multiespacio Inmobiliario y quien además es subdelegado en Villa María del Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios de Córdoba.

El profesional se manifestó a favor de los principales puntos que plantea el cuerpo del proyecto.

En cuanto al artículo que regula las comisiones inmobiliarias, Cardozo recordó que en nuestra provincia existe la Ley de Corretaje 9.445, en cuyo artículo 25, párrafo b, menciona que los honorarios deben ser del 5% del valor total del contrato.

“En este caso sí excede el mes de alquiler, porque por lo general ese porcentaje, y sobre todo si los contratos pasan a ser de tres años, supera el equivalente a un mes de renta. Pero hay inmobiliarias que son flexibles y ofrecen dos o tres pagos en lo que es honorarios para que se pueda concretar la operación”, señaló.

En cuanto a la situación en el interior de la provincia, Maxi Vittar dijo que “hay una inversión inmobiliaria importante por los negocios que genera el campo y hay muchas propiedades y pocos propietarios; así se complican las negociaciones y Villa María no es la excepción”.

El arrendatario también adelantó que ya hay grupos organizados en Río Cuarto y Arroyito.

También recibieron consultas por parte de grupos de nuestra ciudad para replicar la experiencia y al respecto adelantó que el próximo año, sumando a Villa María, esperan armar el Frente de Inquilinos Córdoba.

Entre los principales problemas que se plantean en estos espacios aparecen las expensas, la comisión inmobiliaria y uno que lidera el ranking: la humedad en los edificios.

“Queremos que la ley salga con el mayor consenso posible, pero siempre teniendo en cuenta el objetivo principal, que es mejorarle la calidad de vida al inquilino”, concluyó Vittar.

En tanto, Carrizo finalizó diciendo: “Este problema denota el gran conflicto de fondo que es la falta de acceso a la vivienda propia. Entonces, al no poder acceder a ésta queda sujeto a la necesidad de negociar con un propietario”.

Siete puntos para tener en cuenta como inquilino
¿Cuáles serán los beneficios de la ley?

-Aumento anual de alquileres y no mayor a la inflación, estableciendo un parámetro objetivo a la hora de elevar el monto.

El proyecto plantea que los aumentos surjan del promedio entre el Indice de Precios al Consumidor (IPC), que es el índice inflacionario, y el coeficiente de variación salarial, que es la proyección salarial del empleo formal.

-Expensas extraordinarias e impuestos a cargo del propietario, ya que en la última modificación del Código Civil el tema expensas no quedó bien claro y actualmente hay muchos contratos que hacen cargo al inquilino.

-Elimina el plazo de seis meses para poder rescindir el contrato sin causa y se incorpora una obligación a las partes de renegociar las condiciones de renovación. Si no se llega a un acuerdo, faculta al inquilino a rescindir el contrato sin ningún tipo de indemnización.

-Establece un monto máximo de depósito de garantía que si bien hoy el Código Civil indica que es un mes de alquiler por año de contrato y se puede extender hasta dos, en este último caso se dificulta mucho a la hora de alquilar.

-Devolución del depósito en garantía con valores actualizados. En la mayoría de los casos consiste en el costo de un mes de alquiler, que al momento de ser devuelto tendrá que ser actualizado al precio de ese momento.

-Eleva de dos a tres años el plazo mínimo de contratación y asegura así una estabilidad en el alquiler. A su vez se reducen los gastos de los inquilinos al momento de ingresar a una vivienda o renovar un contrato.

-Dispone que las comisiones inmobiliarias sean determinadas por la ley de cada jurisdicción, y en caso de no estar reguladas, que no superen nunca el valor de un mes de alquiler.

Print Friendly, PDF & Email