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Condenado por haber tenido relaciones con una menor

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Condenado por haber tenido relaciones con una menor
Grangetto saliendo de Tribunales, donde recibió una pena en suspenso
Grangetto saliendo de Tribunales, donde recibió una pena en suspenso

La jueza local Eve Flores le impuso ayer una pena de tres años de prisión en suspenso a un hombre que, durante el transcurso de 2009, mantuvo relaciones sexuales con una menor en la ciudad de Oliva.

Se trata de Franco Emanuel Grangetto (30), un cuidador de caballos que actualmente está radicado en Villa María, fue declarado autor responsable de “abuso sexual gravemente ultrajante, aprovechando la inmadurez sexual de la víctima”, figura delictiva que antes se conocía como “estupro”.

Cuando se inició la causa penal en su contra, Grangetto había sido acusado como supuesto violador de la chica (que al momento de los hechos tenía 13 años y él 22), pero a medida que se desarrolló la investigación, la Justicia determinó que la relación sexual había sido consentida por la jovencita, pese a ser menor.

De todos modos, la legislación presume que un menor de 16 años es sexualmente inmaduro, motivo por el cual es punible el mayor que mantiene relaciones, aunque las mismas hayan sido consentidas por la víctima.

Cuando los padres de la menor se enteraron de los hechos, ella dijo que Grangetto la había violado. Así fue que se inició el proceso en su contra, que curiosamente tardó ocho años en llegar a juicio.

Así, en la mañana de la víspera y previo al inicio de la audiencia (que se realizó en la Cámara del Crimen local y a puertas cerradas por tratarse de hechos de instancia privada), la Fiscalía, la Querella y la Defensa arribaron a un acuerdo con respecto a la pena que iban a solicitar las partes, luego impuesta por la presidenta del tribunal unipersonal.

Ni bien comenzó el juicio, Grangetto admitió su responsabilidad en los hechos, por lo que el debate se realizó bajo la modalidad de trámite abreviado. Luego se incorporó toda la prueba “por lectura” y posteriormente alegaron el fiscal Francisco Márquez, el abogado olivense Guillermo Romero (representante de la víctima, que actualmente tiene 21 años) y la craikense María Cristina Valles (defensora).

Grangetto llegó a juicio en libertad, estado que mantuvo cuando concluyó porque la pena impuesta es de ejecución condicional.

 

Qué dice la ley

El artículo 120 del Código Penal de la Nación establece que “será reprimido con prisión de tres a seis años el que realizare algunas de las acciones previstas en el segundo o en el tercer párrafo del artículo 119 (abuso sexual simple) con una persona menor de 16 años, aprovechándose de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del autor, su relación de preeminencia respecto de la víctima, u otra circunstancia equivalente, siempre que no resultare un delito más severamente penado”.

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