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Condenaron a un enfermero por un hecho de violencia de género

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Condenaron a un enfermero por un hecho de violencia de género
Gonzalo Rossa confesó el hecho y el juicio se abrevió. Con buena conducta y una pericia psicológica favorable podrá salir de la cárcel el 5 de enero

Se trata de Gonzalo Rossa, empleado del Hospital Vidal Abal, quien agredió a su pareja luego de una discusión por cuestiones de celos. Lleva poco más de cuatro meses entre rejas y podría recuperar la libertad en los primeros días de enero

Gonzalo Rossa confesó el hecho y el juicio se abrevió. Con buena conducta y una pericia psicológica favorable podrá salir de la cárcel el 5 de enero
Gonzalo Rossa confesó el hecho y el juicio se abrevió. Con buena conducta y una pericia psicológica favorable podrá salir de la cárcel el 5 de enero

Un enfermero del Hospital Neuropsiquiátrico Dr. Emilio Vidal Abal de la ciudad de Oliva fue condenado ayer a un año y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo por haber agredido físicamente a quien era su pareja, quien llegó a perder el conocimiento durante el violento episodio.

La pena recayó en Gonzalo Adrián Rossa, de 38 años, quien en un juicio oral y público sustanciado en la Cámara del Crimen de Villa María fue declarado autor responsable de “lesiones leves”, un delito que se agravó por el vínculo y por violencia de género.

Rossa, nacido en Oliva el 17 de noviembre de 1977, admitió el hecho y posibilitó que el proceso penal se realizara bajo la modalidad de trámite abreviado, omitiéndose la recepción de pruebas testimoniales en la sala de audiencias.

El incidente que lo dejó entre rejas se produjo el pasado jueves 5 de mayo, alrededor de las 23, frente a la vivienda de Adriana Raquel González, quien por entonces era su pareja, aunque no convivían.

De acuerdo con la acusación elaborada por el fiscal que instruyó la causa, el irascible trabajador de la salud llegó al domicilio de González, ubicado en Suipacha 231, donde ambos mantuvieron una acalorada discusión por cuestiones de celos.

Minutos después, Rossa salió del inmueble y en la vereda tironeó los cabellos de la mujer; hubo un forcejeo y, en esas circunstancias, la tomó del cuello con sus manos y ejerció presión, provocando que ella se desvaneciera durante algunos segundos.

La pelea continuó con insultos, gritos y varios empujones, a tal punto que la violentó desde la esquina de Mitre y Suipacha hasta la intersección de Mitre y San Lorenzo, es decir, por una cuadra.

A pocos metros de allí, frente a la plaza, se encuentra la Comisaría de Distrito Oliva, por lo que la intervención policial fue prácticamente inmediata. Rossa fue detenido y a González la llevaron hasta un centro de salud para constatar los maltratos.

 

El marco legal

Las heridas no revistieron gravedad desde el punto de vista clínico, pero sí desde el jurídico. Por esa razón, el agresor fue procesado -y finalmente condenado- por el delito de “lesiones leves”, agravadas por el vínculo y por violencia de género, a tenor de lo establecido por el artículo 89, en función del artículo 92 y de los incisos 1º y 11º del artículo 80, todos del Código Penal de la Nación.

La primera de las normas legales descriptas (artículo 89) establece que “se impondrá prisión de un mes a un año al que causare a otro, en el cuerpo o en la salud, un daño que no esté previsto en otra disposición de este Código”.

En tanto, el artículo 92 precisa que “si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 80, la pena será: en el caso del artículo 89, de seis meses a dos años; en el caso del artículo 90, de tres a 10 años, y en el caso del artículo 91, de tres a 15 años”.

Por último, el inciso 1º del artículo 80 hace alusión a quien comete un delito en contra de “su ascendiente, descendiente, cónyuge, excónyuge o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”, mientras que el inciso 11º refiere que la víctima sea “una mujer, cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.

 

Saldría en enero

Gonzalo Rossa lleva cuatro meses y 10 días entre rejas. Y como se trata de un convicto primario (la de ayer fue su primera condena), podrá solicitar la “libertad condicional” cuando complete ocho meses de prisión, es decir, el 5 de enero de 2017.

Sin embargo, será excarcelado si para entonces observa buena conducta en la cárcel y sortea con éxito una pericia psicológica que acredite que está en condiciones de reinsertarse socialmente.

 

Juez y partes

El juicio fue presidido por el camarista Félix Martínez y contó con la participación del fiscal Correccional Horacio Vázquez y de los abogados Carolina Arce (de Oliva, quien representó a Adriana González, constituida en la causa como querellante particular) e Iván Rivarola (de Hernando, quien ejerció la Defensa de Rossa), mientras que la secretaria actuante fue Marcela Mattalía.

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