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Ley antitarifazo: expectativa en sectores locales que beneficiaría

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Ley antitarifazo: expectativa en sectores locales que beneficiaría
Las cooperativas de trabajo, como la 7 de Febrero, de reciclado, ven con buenos ojos la iniciativa: “Estuvimos charlando del tema con el contador, y él nos explicó acerca de lo importante que sería que este proyecto avance”, dijo la presidenta, Marcela Durán

Hoy comienza a tratarse en el Senado el proyecto que cuenta con media sanción de Diputados

La Cámara Alta del Parlamento trata desde hoy el proyecto aprobado en Diputados para aminorar el impacto de los últimos aumentos en las tarifas de servicios públicos. En la ciudad, el trabajo de las comisiones se seguirá con atención

 

Para Camilo Rodríguez, presidente del Centro de Jubilados Municipales de Córdoba: “Si la línea de la pobreza se ubica algo por encima de los 18.000 pesos, tendríamos que hablar por lo menos de sacar del tarifazo a quienes perciben el equivalente a tres jubilaciones mínimas”

Cientos y cientos de villamarienses, entre jubilados, monotributistas, beneficiarios de pensiones y asignaciones, excombatientes y miembros de cooperativas de trabajo, esperan con ansias la nueva ley de tarifas que ya tiene media sanción en Diputados y desde hoy comienza a debatirse en el Senado.

Víctor Vedelago, presidente del Centro de Jubilados Suppo, narró el caso de una jubilada que “recibió una factura de luz de 2.200 pesos, entonces necesitamos saber de cuánto estamos hablando cuando nos referimos a reducción de tarifas, para saber si la va a poder pagar o no”

Aunque algunos son pesimistas -por la amenaza del veto presidencial que se dejó trascender desde el Gobierno nacional-, otros prefieren esperar que el Congreso haga un paso al frente y ponga un límite a los tarifazos, al menos los que agobian a los menos favorecidos.

De cualquier manera, todo parece indicar que el tratamiento se inicia hoy, pero que no habrá fumata (ni negra ni blanca) hasta la semana próxima, ya que el sector de Miguel Angel Pichetto estaría dispuesto a darle margen al Gobierno hasta la semana próxima para que proponga algo intermedio entre el tarifazo y el proyecto aprobado en Diputados.

 

Jubilados

Entre quienes serían alcanzados por los beneficios de la ley están los jubilados que “perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mí́nima nacional”. Para el titular del Centro de Jubilados José Luis Suppo, Víctor Vedelago, “la aprobación y la puesta en vigencia de una ley de estas características sería un alivio, siempre y cuando el descuento sea importante; es decir, dependiendo de cómo se aplique”.

Y seguidamente explicó a EL DIARIO: “Hemos escuchado muchos anuncios, que cuando se llevan a la práctica no es como se lo presentaba. Por ejemplo, sería bueno saber si cuando una misma persona cobra una jubilación y una pensión, le va a corresponder o no. Porque si se trata de la mínima en ambos casos, anda alrededor de los 15.000 pesos, a los que hay que deducirles los descuentos del PAMI y en muchos casos el pago a una persona que lo cuida. ¿El descuento se va a aplicar tomando en cuenta el ingreso familiar? ¿Le van a mirar si tiene un auto? Porque tengo el caso de una persona a la que le sacaron el subsidios a los medicamentos porque tiene un auto de doce años de antigüedad, pero en buen estado. Ahora, después de mucho batallar juntos, parece ser que el PAMI le va a devolver el subsidio. Y todo así”.

Más adelante, comentó al periodista de este medio el caso de una jubilada que “recibió una factura de luz de 2.200 pesos, entonces necesitamos saber de cuánto estamos hablando cuando nos referimos a reducción de tarifas, para saber si la va a poder pagar o no”.

“En Villa María tenemos entre 15.000 y 16.000 jubilados. De ellos, hay unos 5.000 que están bien, con jubilaciones importantes. Hay 5.000 que están en lo que podría decirse una clase media, tal vez media-baja que puede darse el ‘lujo’ de ir a bailar una vez por mes. Y otros 5.000 que están por debajo de la línea de pobreza, que se ubica en el orden de los 15.000 a los 18.000 pesos. pero además, después hay que hacer una subdivisión entre los que alquilan y los que no, los que tienen apoyo familiar y los que no, los que sufrieron recortes de subsidios a los medicamentos de entre 1.200 y 3.000 pesos y los que no…”, añadió el dirigente.

En tanto, Camilo Rodríguez, presidente del Centro de Jubilados Municipales de la Provincia de Córdoba, coincidió en que “dos haberes mínimos representan un monto tan bajo, que el descuento tendría que darse a los que ganan algo más arriba también”.

Agregó que “si la línea de la pobreza se ubica algo por encima de los 18.000 pesos, tendríamos que hablar por lo menos de sacar del tarifazo a quienes perciben el equivalente a tres jubilaciones mínimas”.

“Es una situación terrible la que se está viviendo en el sector de los jubilados municipales, por el precio de los medicamentos, por la falta del normal funcionamiento de nuestra obra social y, todo ello, agravado por el tarifazo. El Parlamento nacional debe estar a la altura de las circunstancias y excluir de semejantes aumentos de tarifas a los sectores más vulnerables”, añadió el referente de los jubilados municipales

 

Asignación Universal por Hijo

Por otra parte, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), que también están alcanzados por el proyecto que se trata, tienen un panorama diferente, algo más alentador, dado que muchos recibieron la tarifa social por parte del Gobierno de la provincia de Córdoba.

 

Monotributo

No es el caso de muchos monotributistas, que ahora están contemplados en la ley.

Germán G. es uno de los que estaría incluido si sale la resolución, ya que cobra mensualmente poco menos que dos salarios mínimos vitales y móviles.

“Entre luz y gas, pago 1.800 pesos”, dijo con resignación, remarcando que también abona un alquiler de $4.500 y que, por ende, le queda poco margen para alimentos y otras necesidades.

Una reducción del 30% en las tarifas sería para él “un aliciente que pecha bastante en esta época de crisis”.

 

Cooperativas de trabajo

Oscar Boano, Silvia Duarte y Daniel Bachanini son integrantes de Cooperativa de Trabajo San José, empresa recuperada dedicada a la rectificación de motores (se trata de trabajadores que se desempeñaban en la desaparecida firma Rectificaciones Grasso) y en el marco de los aumentos en los costos de los servicios esenciales para este emprendimiento, comentaron a EL DIARIO que en los últimos dos meses hubo una merma tanto en los trabajos que ingresaron como en el retiro de los que ya fueron realizados. Y en ese contexto, pasaron de pagar unos 14.000 pesos cada dos meses a más de 13.000 cada mes a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC).

El mismo orden siguieron con el resto de los servicios, lo que impacta directamente en los ingresos, para lo que debieron hacer ajustes que equivalen a una reducción de casi un 10% de los ingresos de cada asociado.

A todo esto hay que agregarle gastos de alquiler e impositivos, llevándolos también, como acción inmediata, a buscar nuevos mercados.

Algo que preocupa a los nueve cooperativistas que integran San José es que la situación se pueda extender en el tiempo, de ahí que la reducción en las tarifas, de se aprobado por el Senado, se convertiría en un dato alentador.

Lo mismo opinan desde la Cooperativa 7 de Febrero, dedicada al reciclado de los residuos sólidos urbanos.

Marcel Durán, su titular, dijo en diálogo con este medio que “estuvimos charlando del tema con el contador, y él nos explicó acerca de lo importante que sería que este proyecto avance, no solo para las cooperativas de trabajo como la nuestra, sino para otros sectores de la sociedad de los que normalmente se conocen como menos favorecidos”.

 

Posibles beneficiarios

Tarifa social 

En cuanto a la tarifa social, están contemplados en el proyecto que ya cuenta con media sanción de Diputados:

a) Beneficiarios/as de programas o planes sociales otorgados por el Gobierno nacional.

b) Grupos familiares con integrante/s beneficiarios/as de la Asignació́n Universal por Hijo o de la Asignació́n por Embarazo para Protecció́n Social.

c) Jubilados/as y/o pensionados/as que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilacíón mínima nacional.

d) Beneficiarios de pensiones no contributivas nacionales que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Mó́viles (SMVM).

e) Trabajadores/as con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM).

f) Beneficiarios/as de la prestació́n por desempleo.

g) Monotributistas con ingresos mensuales por un total menor o igual a dos Salarios Mí́nimos Vitales y Mó́viles (SMVM). En caso que el monotributista sea trabajador bajo relació́n de dependencia, la suma total de ambos ingresos no debe superar los dos Salarios Mínimos, Vitales y Mó́viles (SMVM).

h) Inscriptos/as en el monotributo social.

i) Incorporados en el Ré́gimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Domé́stico (artí́culo 21 de la Ley N° 25.239).

j) Quienes cuenten con certificado de Discapacidad, emitido por autoridad oficial competente.

k) Excombatientes de la Guerra de Malvinas.

 

Uno de los puntos importantes

El artículo dirigido a proteger el empleo

Contemplado en el artículo 17 del proyecto de ley en contra del tarifazo, el ítems correspondiente a la protección de empleo reza lo siguiente:

Fíjense tarifas diferenciadas para los servicios pú́blicos, con el objeto de resguardar las fuentes laborales y la actividad econó́mica, siendo beneficiarios de las mismas:

a) Las empresas clasificadas como “micro” o “pequeñ̃as” o “industrias manufactureras consideradas medianas”.

b) Las cooperativas de trabajo de fábricas o empresas recuperadas, inscriptas o en trámite de inscripción, en el Instituto Nacional de Economía Social (INAES) bajo el ré́gimen de empresas recuperadas, o en los organismos provinciales competentes.

c) Los pequeñ̃os contribuyentes… Los beneficios previstos en el presente capítulo solo se aplicarán sobre el inmueble o instalaciones fijas habilitadas por la autoridad jurisdiccional para el desarrollo de su actividad.

d) Las personas fí́sicas que realicen venta de cosas muebles cuya facturación anual no exceda el má́ximo establecido para que una empresa sea considerada “pequeñ̃a” por la Ley 25.300 y su normativa complementaria.

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