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“No queda nadie afuera, porque es una apertura progresiva”

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“No queda nadie afuera, porque es una apertura progresiva”
Busso participó de una jornada en Villa María el martes último y habló de la emergencia

Emergencia – El ministro Sergio Busso aseguró que la zonificación para emergencia fue con las áreas más comprometidas

Si bien el beneficio para un productor declarado en emergencia es mínimo frente a las pérdidas (la ley establece que debe ser del 50%) y logra que pospongan el pago de los impuestos, hay quejas por las zonas no incluidas en el primer relevamiento

 

A horas de haber establecido con la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria las zonas afectadas por la sequía, el ministro de Agricultura de la Provincia estuvo en Villa María.

Era ineludible consultarle sobre el criterio que incluyó a unas zonas y excluyó a otras con el mismo problema.

Al respecto, Sergio Busso dijo que “no queda afuera ninguno, porque hay una apertura progresiva” para la declaración de emergencia. La pregunta estaba orientada principalmente por el reclamo de productores de Unión y Marcos Juárez, que no están incluidos en esta primera etapa.

 

Las zonas

El área definida como “más crítica” está compuesta por 11 departamentos y 19 pedanías.

Estas son:

Departamento Colón: pedanías Cañas y Constitución.

Departamento Cruz del Eje: pedanía Pichanas.

Departamento General San Martín: pedanías Villa María, Villa Nueva y Yucat.

Departamento Juárez Celman: pedanía Chucul.

Departamento Río Cuarto: pedanía Cautiva.

Departamento Río Primero: pedanías Quebracho, Suburbios y Yegua Muerta.

Departamento Río Seco: pedanías Candelaria Norte y Candelaria Sur.

Departamento Río Segundo: pedanía Calchín.

Departamento Sobremonte: pedanías Aguada del Monte, Caminiaga y San Francisco.

Departamento San Justo: pedanía Libertad.

Departamento Tercero Arriba: pedanía Punta del Agua.

“El objetivo fue delimitar las zonas de la provincia de Córdoba que se encuentran afectadas por la sequía, para elevar posteriormente al Poder Ejecutivo la propuesta de las superficies a incluir en un decreto de Emergencia Agropecuaria”, explicó Busso. “Si estimamos que hay más zonas, las incluiremos”, aseguró Busso.

La zonificación se hizo en función de los informes presentados por las agencias zonales, datos de las entidades que integran la comisión y en función del “Indice Verde” del INTA, que es una herramienta tecnológica que permite un mayor grado de precisión.

Una vez que el Ejecutivo firme el decreto que determine el estado de Emergencia o Desastre en las zonas propuestas y que se publique, todos los productores afectados que se encuentren dentro de las regiones detalladas deberán presentar su declaración jurada de daños.

El período de vigencia para la emergencia agropecuaria se sugirió según el siguiente esquema. Para las actividades agrícolas desde el 1 de abril 2018 al 30 de septiembre del mismo año. Y para los establecimientos ganaderos, de tambo, apícolas y frutihortícolas, inicia también el primero de abril, pero se extiende hasta el 31 de diciembre del presente año.

El principal beneficio que otorga la ley de emergencia agropecuaria provincial es la postergación del pago del Impuesto Inmobiliario Rural (en caso de tener más del 50% de afectación), o directamente la exención si se supera el 70%.

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