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Seis años de prisión para tambero que violó a una nena en un campo

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Seis años de prisión para tambero que violó a una nena en un campo
Eduardo Bejarano poco antes de ser condenado por los hechos cometidos en un campo de Arroyo Algodón

Se trata de Eduardo Bejarano, quien confesó los hechos cometidos a principios de 2015 en la zona rural de Arroyo Algodón. La víctima tenía 12 años y fue sometida sexualmente varias veces. “No soy una mala persona; me equivoqué”, dijo al final

 

Eduardo Bejarano poco antes de ser condenado por los hechos cometidos en un campo de Arroyo Algodón
Eduardo Bejarano poco antes de ser condenado por los hechos cometidos en un campo de Arroyo Algodón

La Justicia de Villa María condenó ayer a un tambero que violó reiteradamente a una nena de 12 años en un campo cercano a la localidad de Arroyo Algodón.

Eduardo Gabriel Bejarano (27) recibió una pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo, luego de confesar los abusos que cometió a comienzos de 2015 y por los que fue detenido a fines de enero.

Por tratarse de hechos de instancia privada, en los que además la víctima es menor de edad, la audiencia de debate se realizó a puertas cerradas, es decir sin la presencia de público ni de los medios de prensa que habitualmente cubren los juicios que se realizan en la Cámara del Crimen local.

Sin embargo, pudo saberse que al pronunciar sus últimas palabras, previo al dictado de la sentencia, Bejarano señaló lacónicamente: “No soy una mala persona; me equivoqué”.

El trabajador rural fue declarado autor responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal reiterado”, a tenor de lo establecido por el artículo 119 del Código Penal de la Nación, en su tercer párrafo.

 

De seis a 15 años

Dicha norma legal establece que “la pena será de seis a 15 años de reclusión o prisión cuando, mediando las circunstancias del primer párrafo, hubiere acceso carnal por cualquier vía”.

Cabe señalar que el primer párrafo del mismo artículo señala que “será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo, cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad o de poder o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

A poco de comenzado el debate y tras la lectura de la pieza acusatoria, Bejarano pidió declarar y en su breve comparendo ante la jueza Silvia Saslavsky de Camandone, el fiscal Francisco Márquez, la defensora oficial Silvina Muñoz y la secretaria Gabriela Sanz, admitió su culpabilidad y posibilitó que el juicio se realizara bajo la modalidad de “trámite abreviado”.

Esta figura procesal permite que, en caso de confesión del imputado, se omita la recepción de pruebas testimoniales en la sala y se pase directamente a los alegatos. Y en esa instancia, el acusador público pidió la sanción finalmente impuesta habida cuenta de que el tambero no registraba antecedentes de ningún tipo.

Fue por eso que se lo castigó con la pena mínima prevista por la legislación, lo que -en principio- le permitirá solicitar la “libertad condicional” cuando cumpla los dos tercios de la pena (o sea, cuatro años), a fines de enero de 2019.

 

Estricta y rigurosa

De todos modos, no es un hecho que entonces se le vaya a conceder el citado beneficio excarcelatorio ya que cuando se trata de delitos sexuales, la Justicia es mucho más estricta y rigurosa al momento de evaluar la pericia psicológica que determina si el condenado está en condiciones de reinsertarse socialmente, más allá de que haya observado buena conducta durante todo el período de detención.

En definitiva, lo más probable es que Bejarano tenga que completar toda la condena o, con un poco de suerte, a mediados de 2020, si se le concede la “libertad asistida”, un instituto legal que permite salir de la cárcel seis meses antes de completar la condena.

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