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Seis años de prisión para un joven tambero que abusó de una menor

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Seis años de prisión para un joven  tambero que abusó de una menor
Daniel Volpe (izquierda), abogado defensor de Merlos, y Francisco Márquez, fiscal de la Cámara del Crimen

Se trata de Matías Merlos, quien confesó haber mantenido relaciones sexuales con una nena de 12 años. El hecho ocurrió a fines de 2015 en la zona rural. Como el condenado no registra antecedentes, la pena fue el mínimo previsto por la ley

Daniel Volpe (izquierda), abogado defensor de Merlos, y Francisco Márquez, fiscal de la Cámara del Crimen

En el primer juicio del año, un joven tambero fue condenado ayer en la Cámara del Crimen de Villa María luego que confesara haber abusado de una menor en un campo cercano a la ciudad.

Matías Ezequiel Merlos (21) recibió una pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo tras ser declarado autor responsable de “abuso sexual con acceso carnal” y “privación ilegítima de la libertad”, por un episodio ocurrido en diciembre de 2015 en un predio rural ubicado de camino a Ana Zumarán.

La víctima es una nena que tenía 12 años al momento del hecho, hija de un trabajador afincado en un campo vecino, quien fue seducida por Merlos ya que no la sometió por la fuerza ni bajo amenazas.

De todos modos, el accionar del tambero encuadró en los delitos por los que fue juzgado y condenado, pero como carece de antecedentes, se le impuso el mínimo de la pena prevista para el episodio más grave, que es reprimido con prisión de seis a 15 años (ver “Qué dice la ley”).

Como se trataba de un caso de instancia privada, en el que -además- está involucrada una menor de edad, la audiencia de debate se realizó a puertas cerradas, es decir sin acceso del público ni de los medios de prensa a la sala ubicada en el quinto piso de Tribunales.

No obstante, pudieron conocerse algunos detalles del proceso, que se realizó bajo la modalidad de trámite abreviado porque Merlos admitió haber mantenido relaciones sexuales con la menor, a quien dejó encerrada en su propia casa, motivo por el cual también se lo declaró culpable de “privación ilegítima de la libertad”.

 

Juez y partes

El juicio fue presidido por el camarista Félix Martínez y contó con la participación del fiscal Francisco Márquez y del abogado Daniel Volpe, mientras que Guillermo Picco fue el secretario actuante.

La confesión lisa y llana de los hechos por parte del acusado posibilitó que se omitiera la recepción de pruebas testimoniales en la sala, por lo que se pasó directamente a los alegatos de las partes.

En esa instancia, el fiscal Márquez solicitó la pena finalmente impuesta por el juez, pedido al que adhirió el defensor.

Como Merlos lleva 14 meses entre rejas, deberá completar las dos terceras partes de la condena (o sea, cuatro años) para, recién entonces, solicitar la “libertad condicional”.

En principio, el condenado podría llegar a salir de la cárcel a fines de 2019. Sin embargo, lo más probable es que deba cumplir prácticamente toda la condena, ya que cuando se trata de delitos sexuales, la Justicia es mucho más estricta y rigurosa al momento de evaluar la pericia psicológica que determina si el presidiario está en condiciones de reinsertarse socialmente, más allá de observar buena conducta durante todo el período de detención.

 

Qué dice la ley

El más grave de los delitos atribuidos a Merlos es legislado por el artículo 119 del Código Penal de la Nación, que en su primer párrafo establece que “será reprimido con prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

En tanto, el tercer párrafo de dicha norma legal precisa que “la pena será de seis a 15 años de prisión cuando, mediando las circunstancias del primer párrafo, hubiere acceso carnal por cualquier vía”.

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