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Tres años de prisión efectiva para irascible gastronómico de la Villa

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Tres años de prisión efectiva para irascible gastronómico de la Villa
Marcelo Pérez escucha a Marcelo Martín Silvano, uno de sus abogados, antes de que comenzara el juicio oral

Marcelo Alejandro Pérez fue condenado por varios hechos de violencia familiar que tuvieron como víctima a María Silvina Zárate. Pese a tratarse de un convicto primario, no le será fácil obtener la “condicional”. La Defensa ya pidió su excarcelación

Marcelo Pérez escucha a Marcelo Martín Silvano, uno de sus abogados, antes de que comenzara el juicio oral
Marcelo Pérez escucha a Marcelo Martín Silvano, uno de sus abogados, antes de que comenzara el juicio oral

Un irascible trabajador gastronómico de Villa María recibió ayer una pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, luego de que admitiera haber agredido física y verbalmente a su exesposa, a la que llegó a fracturarle un pie e incluso llevó por la fuerza hasta un motel con el objeto de mantener relaciones sexuales, aunque sin lograr su cometido.

Se trata de Marcelo Alejandro Pérez (38), quien fue declarado autor penalmente responsable de los delitos de “lesiones graves”, “lesiones leves”, “amenazas reiteradas”, “coacción”, “privación ilegítima de la libertad”, “violación de domicilio” y “desobediencia a la autoridad”.

Pérez, quien fue propietario de un pub que estuvo ubicado sobre calle San Juan, confesó todos los ilícitos que se le atribuían, lo que permitió que el juicio oral y público se realizara bajo la modalidad de trámite abreviado, omitiéndose así la recepción de pruebas testimoniales en la sala de audiencias de la Cámara en lo Criminal y Correccional de esta ciudad.

 

Golpes y una fractura

Si bien son varios los hechos de violencia de género por los que fue juzgado y condenado, los más graves se produjeron los días 20 de mayo de 2014 y 25 de diciembre de 2015, fecha en la que terminó entre rejas.

El primero de esos episodios se registró en horas de la noche, cuando Pérez irrumpió violentamente en el domicilio de María Silvina Zárate, pese a que tenía prohibido acercarse al mismo por una orden de restricción dispuesta por la Justicia.

Hubo una fuerte discusión y luego de proferir amenazas contra su expareja, la golpeó en distintas partes del cuerpo, causándole una fractura en uno de sus pies.

 

La llevó por la fuerza

En tanto, el último de los hechos ocurrió durante la tarde de la pasada Navidad, cuando el agresor llevó por la fuerza a Zárate hasta un motel situado en proximidades de la Universidad Nacional de Villa María, con la intención de mantener relaciones sexuales.

No obstante, en un descuido de Pérez y antes de que pudiera lograr su objetivo, la mujer salió de la habitación y escapó corriendo. El iracundo individuo fue tras sus pasos y le dio alcance a los pocos metros, más precisamente en un patio interior del albergue transitorio, donde la golpeó y la hizo caer al suelo.

La escena fue registrada por una cámara de seguridad, por lo que la propietaria del lugar (que escuchó los gritos y pedidos de auxilio) llamó a la Policía y posibilitó que el agresor fuera detenido instantes después.

 

Otras agresiones

Entre ambos hechos hubo otros episodios de violencia de género que igualmente fueron investigados por la Justicia y engrosaron la acusación contra Pérez, quien se encuentra detenido desde el 25 de diciembre, es decir, que lleva poco más de nueve meses tras las rejas.

Sin embargo, como también estuvo detenido durante buena parte de septiembre y octubre de 2015, el irascible sujeto completa casi 11 meses privado de la libertad.

El juicio fue presidido por la camarista Silvia Saslavsky de Camandone y contó con la participación del fiscal Correccional, Horacio Vázquez, y de los abogados Marcelo Martín Silvano y Lorenzo Gilli (ambos ejercieron la Defensa de Pérez), mientras que como secretario intervino Guillermo Picco.

 

Pena poco habitual

En diálogo con EL DIARIO, el fiscal Vázquez destacó que, pese a tratarse de una primera condena y de carecer de antecedentes penales, la sanción impuesta fue de cumplimiento efectivo. Lo habitual es que la sanción sea de ejecución condicional, es decir en suspenso.

Ni bien concluyó el debate, los codefensores presentaron en la Cámara un escrito mediante el cual solicitaron la “libertad condicional” de su cliente porque, de acuerdo a la legislación vigente, cuando un convicto primario recibe una pena de tres años o menos, cumpliendo ocho meses puede solicitar la excarcelación.

De todos modos, para que prospere el pedido, Pérez deberá sortear una pericia psicológica que acredite que está en condiciones de reinsertarse socialmente y si la misma le es adversa, continuará detenido hasta que un nuevo informe le sea favorable y le permita obtener la “condicional”.

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