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Viernes de veredicto en el juicio a pareja acusada de vender drogas

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Viernes de veredicto en el juicio a pareja acusada de vender drogas
La situación de Hernán Bértola es más complicada que la de su pareja, pero a criterio de su defensor se le debe imponer una pena de tres años de prisión que le permitirá recuperar la libertad. Hoy se conocerá el veredicto

Hernán Bértola y Anabela Farías conocerán hoy el fallo del juez René Gandarillas. En la audiencia de la víspera formuló su alegato el abogado Marcelo Martín Silvano, quien solicitó una pena de tres años de prisión en suspenso para su defendido

La situación de Hernán Bértola es más complicada que la de su pareja, pero a criterio de su defensor se le debe imponer una pena de tres años de prisión que le permitirá recuperar la libertad. Hoy se conocerá el veredicto

El camarista René Gandarillas dictará hoy sentencia en el juicio que se le sigue a una pareja sospechada de haber regenteado un “quiosco de drogas” en un departamento ubicado a pocos metros de una escuela local, aunque previamente ambos acusados tendrán la posibilidad de expresarse, en la instancia procesal que se conoce como “última palabra”.

La tercera y definitiva audiencias de debate fue convocada para las 10 de la mañana, ty en la ocasión tanto Cliver Hernán Bértola (36) como su novia Anabela Belén Farías (31) podrán expresarse en relación al hecho que se les atribuye y que los tiene entre rejas desde la madrugada del 13 de noviembre de 2015.

El abogado Marcelo Martín Silvano alegó ayer en defensa de Bértola. A su lado, la coimputada Anabela Farías

Ayer, en tanto, formuló su alegato el abogado Marcelo Martín Silvano, defensor de Bértola, quien al cabo de una hora de exposición solicitó una pena de tres años de prisión de ejecución condicional ( es decir en suspenso y por ende, la inmediata libertad de su cliente) por entender que debe ser condenado por “facilitar estupefacientes a titulo gratuito”, ya que no se probó que haya comercializado los tres envoltorio de cocaína (un gramo en total) que le fue secuestrado al principal testigo de la causa, Mario Alberto Torres (32).

 

Qué dice la ley

En efecto, el letrado invocó el artículo 5º de la Ley Federal de Estupefacientes Nº 23.737, que sostiene que “será reprimido con prisión de cuatro a 15 años (…) el que, sin autorización o con destino ilegítimo… e) entregue, suministre, aplique o facilite a otro estupefacientes a título oneroso. Si lo fuese a título gratuito, se aplicará prisión de tres a 12 años”.

Martín Silvano hizo referencia al último supuesto de dicha norma legal, al sostener que su defendido “no le vendió sino que le dio la droga a Torres”, justamente porque no se pudo probar que la haya comercializado, pese a que Torres declaró que había comprado aquellos pequeños envoltorios que contenían, en total, un gramo de cocaína.

Cabe señalar que Bértola comparece imputado como presunto autor de “comercialización de estupefacientes”, a tenor de lo que establece el mismo artículo 5º de la Ley 23.737, pero en su inciso “c”, primer supuesto, mientras que a Farías se le atribuye el mismo delito, pero con relación al segundo supuesto.

El referido inciso reprime con prisión de cuatro a 15 años a quien “comercie con estupefacientes (…) o los tenga con fines de comercialización, o los distribuya, o los dé en pago, o los almacene o transporte”.

 

Invocó fallo del TSJ

Subsidiariamente, Martín Silvano solicitó que se aplique la jurisprudencia dictada el año pasado por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Provincia en la “causa Alejandro Loyola”, fallo mediante el cual se estableció que la venta de drogas al menudeo (es decir, en pequeñas cantidades) debe ser reprimida con prisión de tres a 10 años.

De ese modo, el defensor de Bértola pidió el mínimo de dicha pena -tres años en suspenso- porque su cliente es un convicto primario que carece de antecedentes. Asimismo, planteó como una “enorme contradicción que la ley prevea una condena de cuatro a 10 años para quien comete el delito de ‘abuso sexual gravemente ultrajante’ por abusar de un niño, mientras que por vender un gramo de cocaína el Código establece una sanción de cuatro a 15 años de cárcel”.

“¡Hay un evidente error en la ley!”, enfatizó Martín Silvano poco antes de finalizar sus conclusiones.

 

Los otros alegatos

Cabe recordar que el miércoles, en la primera audiencia de debate, el fiscal Francisco Márquez reclamó penas de cuatro años de prisión tanto para Bértola como para Farías, mientras que el defensor de la joven mujer, Antonio Alarcos, pidió la absolución de su clienta invocando el “beneficio de la duda”.

Según expresó el letrado, no se pudo probar que ella estuviera viviendo junto a su pareja en el inmueble de Mendoza 629, planta baja, departamento 5, donde efectivos de la Fuerza Policial Antinarcotráfico realizaron el allanamiento luego de incautarle a Torres los tres envoltorios con cocaína.

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