Inicio Locales Aclaración sobre el «divorcio exprés»

Aclaración sobre el «divorcio exprés»

0
Aclaración sobre el «divorcio exprés»

Desde el Colegio de Abogados de la ciudad enviaron un comunicado con la intención de aclarar y aportar datos en cuanto al divorcio tras la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial (CCC) de la Nación.

“Es importante aclarar que el rol del abogado en los procesos de divorcio en el nuevo Código Civil y Comercial se mantiene como lo disponía el anterior Código Civil de la Nación”, apuntaron.

“Si bien la disolución del vínculo matrimonial a través del divorcio se ha simplificado, llamándolo vulgarmente ‘divorcio exprés’ debido a que han desaparecido los divorcios con causales que preveía el Código Civil anterior -que implicaba atribuir la culpa o responsabilidad del divorcio a uno de los cónyuges-, ahora basta con que uno de los cónyuges lo solicite para que el divorcio se conceda, pero se debe tramitar judicialmente -como lo establece expresamente el CCC en su artículo 435, inc. 3°-, y con el patrocinio letrado de un abogado, que de esa manera garantiza la adecuada protección del cónyuge peticionante”, explicaron, y aclararon que “no existe otra manera de tramitar un divorcio”.

“Es el profesional abogado quien interviene exclusivamente en materia de divorcios y asiste a las partes para la elaboración, o en su caso evaluación, de la propuesta o convenio regulador que debe acompañarse como condición de admisibilidad de la solicitud”, cerró el comunicado firmado por Santiago Tovo, presidente del Colegio de Abogados de Villa María.

Print Friendly, PDF & Email