Inicio Policiales Acorralado por las pruebas en su contra, confesó el abuso: 10 años

Acorralado por las pruebas en su contra, confesó el abuso: 10 años

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Acorralado por las pruebas en su contra, confesó el abuso: 10 años
Cristian González, el vecino de Oliva que ayer fue condenado a 10 años de cárcel por haber violado a una niña

Previendo una condena mucho más severa, Cristian González terminó por reconocer que violó y corrompió sexualmente a una menor de su entorno familiar en la vivienda que ocupaban en Oliva. El testimonio de una perito oficial fue determinante

Cristian González, el vecino de Oliva que ayer fue condenado a 10 años de cárcel por haber violado a una niña
Cristian González, el vecino de Oliva que ayer fue condenado a 10 años de cárcel por haber violado a una niña

La Justicia villamariense le impuso ayer una pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo a un vecino de Oliva que en 2013 violó y corrompió a una niña de su círculo familiar.

La definición de la segunda audiencia de debate se precipitó luego que Cristian Oscar González (38) confesara sin tapujos los hechos que se le atribuían, sobre todo al verse acorralado por la abundante prueba en su contra.

En efecto, ni bien concluyó el testimonio de la psicóloga Fernanda Pérez, perito oficial que asistió a la pequeña víctima, González pidió la palabra y de manera muy escueta admitió haber sometido sexualmente a la menor, de 10 años al momento de los hechos.

La confesión abrevió el proceso oral y, luego de un breve cuarto intermedio, el fiscal de Cámara, Francisco Márquez, y el abogado defensor, Manuel Toledo, coincidieron en pedir la pena finalmente impuesta por la camarista Silvia Saslavsky de Camandone.

A la hora del veredicto, Cristian González fue declarado autor penalmente responsable de “abuso sexual con acceso carnal”, agravado por la situación de convivencia, y “corrupción de menores”, a tenor de lo establecido por los artículos 119 y 125 del Código Penal de la Nación (ver “Qué dice la ley”).

El juicio había comenzado el martes en la sala que la Cámara del Crimen posee en el quinto piso de Tribunales, oportunidad en la que las partes decidieron incorporar por lectura toda la prueba obrante en el expediente, salvo la declaración de la psicóloga olivense, por lo que se resolvió citarla para que aclarara algunos puntos de la pericia realizada.

 

Testimonio lapidario

Así, Fernanda Pérez concurrió ayer al Palacio de Justicia local y por espacio de aproximadamente una hora abordó cuestiones relacionadas con los estudios practicados a la menor abusada: una sesión de Cámara Gesell y una pericia psicológica.

Aunque no se conocieron detalles de lo expuesto, precisamente por tratarse de hechos de instancia privada, trascendió que el testimonio de la profesional fue determinante para que, minutos después de concluir, González decidiera confesarse culpable.

También es cierto que, previendo una condena mucho más severa ante la contundencia de las pruebas en su contra, el disoluto individuo decidió seguir los consejos de su defensor y optó por admitir los graves hechos acaecidos en fechas no precisadas con exactitud, pero ubicadas durante el transcurso de 2013 en la casa que victimario y víctima ocupaban en la ciudad de Oliva.

Asimismo, en la víspera pudo saberse que no fue la madre de la niña quien denunció los abusos (como trascendió en un principio), sino una maestra, luego de advertir los cambios de conducta de la menor.

 

Tapa Juicio
González dialoga con su defensor, Manuel Toledo, poco antes del comienzo de la audiencia

Sobre la condena

Cristian González está detenido desde noviembre de 2013, motivo por el cual cumplirá la condena impuesta en el mismo mes de 2023. De todos modos, por tratarse de un convicto primario (la de ayer es su primera condena), podrá solicitar la “libertad condicional” cuando complete las dos terceras partes de la sanción, es decir seis años y ocho meses (julio de 2020).

Sin embargo, cuando se trata de delitos sexuales, la Justicia es mucho más estricta y rigurosa al momento de evaluar la pericia psicológica que determina si el condenado está en condiciones de reinsertarse socialmente, más allá de que haya observado buena conducta durante todo el período de detención.

En definitiva, no es un hecho que González vaya a ser liberado cuando cumpla los dos tercios de la pena y lo más probable es que tenga que completar los 10 de prisión.

 

Qué dice la ley

El artículo 119 del Código Penal de la Nación establece que “será reprimido con prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando ésta fuera menor de trece años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

Sin embargo, el tercer párrafo de la misma norma precisa que “la pena será de seis a 15 años de prisión cuando, mediando las circunstancias del primer párrafo, hubiere acceso carnal por cualquier vía”.

No obstante, el Código puntualiza luego que “en los supuestos de los dos párrafos anteriores, la pena será de ocho a 20 años de reclusión o prisión si (…) el hecho fuere cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo”.

En tanto, el artículo 125 del mismo cuerpo legal sostiene que “el que promoviere o facilitare la corrupción de menores de 18 años, aunque mediare el consentimiento de la víctima será reprimido con prisión de tres a 10 años”.

Sin embargo, el tercer párrafo aclara que “cualquiera que fuese la edad de la víctima, la pena será de prisión de 10 a 15 años cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, como también si el autor fuera ascendiente, cónyuge, hermano, tutor o persona conviviente o encargada de su educación o guarda”.

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