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Analizaron con especialistas los efectos de la ley de “blanqueo ”

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Analizaron con especialistas los efectos de la ley de “blanqueo ”
La presidenta del Colegio de Escribanos de la Provincia junto a la asesora en materia económica y la delegada de Villa María

La presidenta del Colegio de Escribanos de la Provincia con una asesora de la entidad estuvieron ayer en Villa María hablando sobre la ley de “sinceramiento fiscal” y el rol de los notarios

La presidenta del Colegio de Escribanos de la Provincia junto a la asesora en materia económica y la delegada de Villa María
La presidenta del Colegio de Escribanos de la Provincia junto a la asesora en materia económica y la delegada de Villa María

Angela Victoria Bonetto de Cima, presidenta del Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, estuvo ayer en esta ciudad para mantener un encuentro con sus pares de la delegación Villa María.

Acompañada por la delegada Alcira Spila y la asesora en materia económica de la entidad, Susana Raquel Llupiát, dialogaron con EL DIARIO sobre uno de los temas que genera más consultas entre los escribanos: la ley conocida como “blanqueo de capitales”.

“En definitiva, por esta ley, toda persona que escrituró un bien a nombre de un tercero (testaferro) porque lo compró con fondos no declarados, tendrá que ponerlo ahora a su nombre, lo que va a generar mucha actividad registral”, dijo Bonetto.

Llupiát explicó: “Estas escrituras tienen particularidades porque no tendrán costo impositivo y porque queda registrado que esa transferencia se hace en función de tal ley”.

Reconocieron que una de las dificultades de esa norma son los plazos: en este mes vence la posibilidad de declarar el dinero “de abajo del colchón”, es decir que está en el país pero no en el circuito formal; hasta marzo del año próximo tienen tiempo para declarar lo que tengan en el exterior y en marzo de 2018 deberán tener todos los bienes registrados a nombre del titular.

Por su parte, Spila acotó que sobre la implementación de la ley que tiene pocos meses de aprobada se presentan dudas concretas: “Por ejemplo, si el testaferro es un cónyuge que tiene a su nombre bienes que no pudo haber adquirido porque no genera los recursos, la ley tributaria indica que deben pasar al titular; pero hay un escollo; la ley civil prohíbe celebrar contratos entre cónyuges”.

Esperan que en el corto plazo se diluciden las reglamentaciones de esta norma “dado que la transferencia es obligatoria, si no se transfieren los bienes que están a nombre de un testaferro, se caen los beneficios de la ley”, dijo la asesora.

De todas maneras, Llupiát valoró que “el que tiene dinero no declarado se beneficia, a excepción de los que tengan un divorcio o una sociedad en la que uno de sus socios se retiró y que no hayan sido contemplados esos bienes en la división”.

Finalmente, Bonetto elogió el funcionamiento de la delegación Villa María del Colegio de Escribanos que permanentemente realiza actividades para los profesionales. “Aprovecho para saludar especialmente a los colegas del Departamento San Martín, que siempre los pongo de modelo porque son gente entusiasta para progresar y muy proactivos”.

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