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Condenaron a empresa por despido discriminatorio a consumidor de drogas

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Condenaron a empresa por despido discriminatorio a consumidor de drogas
El juez Samuel dijo que es el primer caso de esta naturaleza que llega a la Cámara laboral de Villa María

La Cámara laboral de Villa María condenó a la Aceitera General Deheza a pagar 60 mil pesos (actualizados) en concepto de daño moral a un trabajador que fue despedido después de que le encontraran un gramo de cocaína

El juez Samuel dijo que es el primer caso de esta naturaleza que llega a la Cámara laboral de Villa María
El juez Samuel dijo que es el primer caso de esta naturaleza que llega a la Cámara laboral de Villa María

En el año 2006, un joven -no publicaremos su identidad- ingresó a trabajar como portero de la Aceitera General Deheza (AGD). Allí se desempeñó durante tres años, sin que haya una sola observación de su desempeño. Es más, recibía premios y estímulos por el cumplimiento de las tareas asignadas.

Sin embargo, el 27 de julio de 2009, un procedimiento policial realizado en la puerta de la fábrica detectó que el empleado en cuestión llevaba consigo un gramo de cocaína.

Tres días más tarde recibía un telegrama de despido, donde la empresa no aludía a ninguna causa en particular, aunque “todo el pueblo” sabía que lo habían echado por el problema de las drogas, según consta en los testimonios de la causa.

Es más, antes del telegrama llamaron al todavía empleado para pedirle la renuncia, dado que el procedimiento policial afectaba “la imagen de la empresa”, según dijo al testimoniar el empleado.

La vida del joven que hoy tiene 30 años se complicó más aún. Al problema de adicción a las drogas se le sumó la desocupación y el escarnio público en una ciudad pequeña, donde le costó volver a conseguir un empleo digno.

 

El fallo

Frente a esa situación, el hombre despedido de AGD, representado legalmente por Carlos y Matías de Falco, decidió presentar una demanda por discriminación. Tras la instancias de conciliación y las audiencias, el juez Osvaldo Mario Samuel firmó ayer un fallo en el que condena a AGD a pagar 60 mil pesos -actualizados- en concepto del daño moral causado al empleado. “Es una cifra importante”, señaló Samuel, comparándola con otras condenas por daño moral.

“Llama la atención que en la misma empresa, cuando se presentaron otros casos de adicción, como es al alcohol, decidieron colaborar con el tratamiento y no despedir a las personas que padecen la enfermedad”, explicó el magistrado. Esto quedó expuesto en la declaración de un encargado de seguridad de la firma, que menciona los tratamientos que hicieron, con el apoyo de AGD, para luchar contra el alcoholismo, el consumo de tabaco y la obesidad, pero no con estupefacientes.

El de ayer es el primer fallo por discriminación originado en adicción a las drogas que se da en la Cámara del Trabajo de Villa María.

En su fallo, Samuel dice que el caso encuadra dentro del “despido discriminatorio”, que es “aquel cuyo motivo no está vinculado a la funcionalidad de la empresa ni a la laboriosidad o eficiencia del trabajador, sino que su móvil son prejuicios irracionales sobre ciertos grupos específicamente protegidos o categorías de situaciones que el sistema legal antidiscriminatorio protege para evitar que se vulnere el derecho a la igualdad de trato u oportunidades y la dignidad”.

Cabe señalar que en los testimonios tanto los jefes como los compañeros de trabajo destacaron que el joven “cuidaba su empleo” y que nunca advirtieron que fuera a trabajar bajo los efectos de estupefacientes.

Por todo ello, el juez califica a la actitud de la empresa como “peyorativa y hostil” y tras dar a conocer el marco legal que protege a los ciudadanos contra la discriminación, concluye que el joven fue despedido “con un móvil discriminatorio por padecer problemas de drogadicción”.

 

El monto que determinó el juez por el daño moral fue de 60 mil pesos, que, actualizados, pueden llegar a los 150 mil pesos.

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