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Entre lágrimas, Julián López dijo que se fue porque entró en shock

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Entre lágrimas, Julián López dijo que se fue porque entró en shock
Tras el violento impacto con la moto que guiaba Tejada, el Etios perdió el paragolpes delantero y su conductor se dio a la fuga, aunque se presentó en la Policía unas cinco horas después. Julián López seguirá detenido

CASO MILLA TEJADA – Fue indagado durante una hora por el fiscal René Bosio

El automovilista declaró que, tras el impacto, no supo qué hacer y sólo atino a guardar el Toyota que conducía en la cochera que la empresa Alem Motors tiene a dos cuadras del lugar del accidente. Durante la indagatoria, se quebró emocionalmente tres veces

Julián López (45) lloró en Tribunales al ser indagado sobre el trágico choque ocurrido el martes de la semana pasada en la esquina de Buenos Aires y bulevar Cárcano, que horas después le costó la vida a la adolescente Milla Tejada (17).

El empleado de la firma Alem Motors declaró por espacio de una hora ante el fiscal René Bosio, quien lo imputó como presunto autor de “homicidio culposo agravado” y “abandono de persona”, delitos que tienen una pena mínima de cinco años de prisión.

López se quebró tres veces durante la indagatoria, una de ellas cuando relató que su hija mayor integra la Promoción 2018 del Instituto Secundario Bernardino Rivadavia, establecimiento educativo al que concurría la malograda jovencita.

Desde las 12.30, el conductor del Toyota Etios que embistió la Zanella 110 en la que circulaba Tejada señaló que el martes 27 de marzo estuvo trabajando hasta tarde en la concesionaria ubicada en avenida Alem 256 para entregar una camioneta.

 

«Velocidad normal»

Dijo que no iba fuerte. “Iba a una velocidad normal y cuando llegué a la esquina no vi ninguna moto”, señaló López luego de hacer especial hincapié en que “no había sustraído el auto, como se publicó en algunos medios”.

Al respecto, aseguró que estaba autorizado por los propietarios de la firma para manejar el Etios, que aquella noche iba a guardar en el depósito que Alem Motors posee en Buenos Aires 259, esquina Juan Müller. Allí también hay un pequeño departamento que la empresa le presta a López para que viva.

Sobre el accidente, declaró que entro en shock instantes después del impacto y que sólo atino a guardar el auto porque no supo qué hacer. Entre sollozos, dijo también que permaneció en el departamento algunas horas y que luego decidió presentarse en la Policía.

En efecto, López concurrió a la Comisaría de Distrito poco antes de las 2 de la madrugada del miércoles 28, oportunidad en la que relató que era el conductor del automóvil que había chocado con una motocicleta Zanella 110 en Buenos Aires y Cárcano.

Minutos después, los uniformados le realizaron el control de alcoholemia, que dio resultado negativo, por lo que no quedó detenido.

 

La detención

Sin embargo, en horas de la mañana del mismo miércoles, el fiscal Bosio ordenó su detención (fue alojado en la Alcaidía de barrio San Justo) y le imputó el delito de “lesiones culposas gravísimas”.

Milla Tejada estuvo internada poco más de 24 horas en la Unidad de Terapia Intensiva del Hospital Regional Pasteur, donde los médicos le diagnosticaron muerte cerebral a raíz de las severas lesiones sufridas en la cabeza.

La adolescente falleció alrededor de las 22 de ese día y de inmediato el instructor de la causa cambió la calificación legal del hecho: “Homicidio culposo, agravado por la conducción de un vehículo automotor”.

Pero el martes pasado, luego del fin de semana largo, Bosio amplió la imputación y le atribuyó al automovilista el delito de “abandono de persona”, que es sancionado con prisión de cinco a 15 años cuando la víctima del abandono pierde la vida.

A criterio del fiscal, López advirtió que la conductora de la moto quedó incapacitada para valerse por sí misma y no le brindó la asistencia necesaria ni atinó a llamar a un servicio de emergencia para que la auxiliara. Por el contrario, optó por alejarse del lugar, pese a que tras el impacto el Etios perdió el paragolpes delantero.

El mismo martes, López designó como defensor al abogado Antonio Alarcos (ayer estuvo presente en la indagatoria que se llevó a cabo en el segundo piso de Tribunales) y poco después fue trasladado a la cárcel de barrio Belgrano, donde continúa alojado.

 

Pericias en Córdoba

En tanto, el próximo martes será llevado al Departamento de Psiquiatría Forense que funciona en el edificio de Tribunales I, en la capital provincial, donde se le realizará una pericia psiquiátrica, mientras que el jueves o el viernes de la semana venidera será sometido a una pericia psicológica.

El fiscal dispone de 10 días para resolver la situación procesal de López (aguardará los informes periciales), por lo que se estima que durante la semana del 16 al 20 de abril decidirá si lo excarcela y continúa el proceso en libertad o si le dicta la prisión preventiva.

Del mismo modo, Bosio ofició al Establecimiento Penitenciario Nº 5 para que, en caso de ser necesario, le brinde asistencia psicológica o psiquiátrica al detenido durante el tiempo que permanezca alojado en el penal de barrio Belgrano.

 

Otros detalles

Julián López nació en Villa María el 20 de febrero de 1973, es soltero y tiene tres hijos: una jovencita de 17, un varón de 14 y otra nena de 10.

En tanto, Milla Tejada vivía con su familia en Malvinas Argentinas 2574, barrio San Juan Bautista, y concurría al sexto año de la especialidad Gestión y Administración del Instituto Rivadavia, donde además practicaba handball.

 

Qué dice la ley: «homicidio culposo agravado» y «abandono de persona»

En su artículo 84 bis, el Código Penal de la Nación establece que “será reprimido con prisión de dos a cinco años e inhabilitación especial por cinco a 10 años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte. La pena será de tres a seis años de prisión si se diera alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior y el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima, siempre y cuando no incurriere en la conducta prevista en el artículo 106”.

Dicha norma señala que “el que pusiere en peligro la vida o la salud de otro (…), abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse (…), será reprimido con prisión de dos a seis años. Si ocurriere la muerte, la pena será de cinco a 15 años de prisión”.

 

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