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La Justicia ordenó a la Cooperativa dejar de cobrar el cargo por mantenimiento de la planta depuradora

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La Justicia ordenó a la Cooperativa dejar de cobrar el cargo por mantenimiento de la planta depuradora
Manuel Sosa, asesor letrado de la Asamblea

La decisión la tomó el juez Domenech al hacer lugar a una medida cautelar presentada por un grupo de usuarios y regirá sólo para esas personas

Manuel Sosa, asesor letrado de la Asamblea
Manuel Sosa, asesor letrado de la Asamblea

El juez de 1ª instancia y 4ª nominación en lo Civil y Comercial de Villa María, Alberto Domenech, hizo lugar a una medida cautelar innovativa presentada por integrantes de la Asamblea contra la Corrupción y la Impunidad y ordenó a la Cooperativa 15 de Mayo que deje de facturar y cobrar el cargo por mantenimiento de la planta depuradora.

“Un grupo de personas presentamos una demanda civil reclamando que la Cooperativa devuelva el dinero que ha percibido desde agosto de 2013 en concepto de mantenimiento de la planta depuradora y solicitamos una medida cautelar innovativa requiriendo que ordene a la Cooperativa que deje de facturar y de cobrar ese cargo desde la fecha de notificación en adelante y hasta que la demanda sea resuelta”, explicó Manuel Sosa, asesor letrado de la Asamblea.

“El juez hizo lugar a la medida cautelar innovativa y ordenó que ese cargo ya no se cobre a los usuarios que presentamos la demanda. La Cooperativa ya fue notificada de esta decisión y la cautelar debe aplicarse, es decir, que en la próxima factura a estas personas ya no les pueden cobrar este cargo”, precisó.

“El resto de los usuarios lo seguirá pagando, excepto que interpogan la demanda, pueden sumarse porque nosotros iniciamos una acción colectiva o de clase. Hay personas que ya han intimado y están en condiciones de demandar, las que no han intimado tienen que hacerlo para después demandar”, indicó Sosa.

“La gente que quiera demandar puede dirigirse a San Martín 240 o puede buscar a cualquier abogado que prepare la intimación, eso les permitiría sumarse a la demanda para que no se les cobre el cargo”, señaló.

“En cuanto a la devolución del dinero, no forma parte de la medida cautelar, por lo que debe tramitarse el juicio para que el tribunal dicte la sentencia y disponga. Si la demanda iniciada es correcta, hará lugar a la acción, es un proceso más largo. La cautelar es de aplicación inmediata, mientras no sea revocada por otro tribunal de instancia superior tendrá vigencia”, remarcó.

 

Apartamiento

Por otra parte, Sosa confirmó que Domenech se apartó del entendimiento de la causa por dos razones: porque tiene amistad con uno de los demandantes y porque al ser usuario del servicio, se considera perjudicado por la actitud de la Cooperativa y se siente en condiciones de demandarla. Por estos dos motivos, el juez estimó que su objetividad estaría en riesgo y se apartó, por lo que el expediente pasará al juzgado que resulte sorteado.

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