Inicio Locales La siniestralidad vial acapara casi la mitad de las causas civiles

La siniestralidad vial acapara casi la mitad de las causas civiles

0
La siniestralidad vial acapara casi la mitad de las causas civiles
Flores, con EL DIARIO en su despacho. El magistrado reveló que las causas de este tipo llevan alrededor de cuatro años de trámite, un lapso “tremendo”

El juez Fernando Flores consideró que es necesario tomar medidas de manera urgente, empezando por la educación. Sostuvo que los conductores se sienten empoderados al manejar y que no hay respeto por la vida

Flores, con EL DIARIO en su despacho. El magistrado reveló que las causas de este tipo llevan alrededor de cuatro años de trámite, un lapso “tremendo”

Escribe Diego Bengoa
De nuestra Redacción

El 40% de los expedientes del fuero Civil, Comercial y de Familia de Villa María son de accidentología vial, lo que expone la dimensión que adquirió esta problemática.

Así lo reflejó el juez Fernando Flores al hablar de los números de su Juzgado, uno de los cuatro que existen con estas competencias en la ciudad.

“Es un porcentaje bastante elevado teniendo en cuenta que la competencia Civil es amplia, lo que muestra su relevancia. Y se fue incrementando, creció en los últimos años al ritmo de la economía, porque en esto tienen mucho que ver los costos de la siniestralidad, la situación económica de las partes y lo que atañe a las compañías de seguros, que no es algo menor”, contextualizó el magistrado al recibir a EL DIARIO en su despacho del tercer piso de Tribunales.

Advirtió que además hay muchos otros casos que no llegan al Palacio de Justicia “porque logran ser resarcidos extrajudicialmente”, por lo que recalcó que “es un flagelo que hay que atender con acciones urgentes, desde la educación vial en adelante, porque se nos llevan muchísimas vidas, jóvenes en la mayoría de los casos”.

-¿Qué se busca resarcir mediante su intervención?

-Tenemos dos tipos de vertientes de daños. Lo que el hecho ha perjudicado a nivel patrimonial, por un lado, y aquellas consecuencias no patrimoniales -reconocidas a través del daño moral, daño espiritual, tanto de la víctima, como familiares de la víctima o de quienes tenían una relación de convivencia- por el otro. Hay muchísimos daños que se buscan reparar, dependiendo de la suerte de la víctima, si ha quedado dañada, ha quedado en estado de gran incapacidad o falleció. En este contexto se analiza lo que ha dejado de percibir, lo que pudo haber percibido a lo largo de su vida. Por ejemplo, si se accidenta un futbolista de la Liga local habría que proyectar su futuro. Lo pudo haber visto un equipo grande de la Argentina, con números generosos detrás, además de todo lo que requiere para su asistencia profesional la persona perjudicada, como podría ser la rehabilitación neurológica. Esto, sin dejar de reconocer lo que es el sufrimiento espiritual. Imagínate cuánto le puede corresponder a una madre que ve a su hijo en una cama postrado de por vida, o a los hijos menores ver a su padre en el mismo estado sin que pueda darles un abrazo o llevarlos a la costanera a mojarrear.

El juez dijo que no solo los automovilistas toman las calles de manera desaprensiva. También apuntó hacia los motociclistas, ciclistas y skates

-Es muy difícil ponderar estas situaciones…

-Muy difícil. Hoy el Código Civil y Comercial tomó partido por una de las posibles soluciones, diciendo que este menoscabo espiritual debe ser cuantificado en virtud de bienes de sustitución que sirvan a la sustitución y compensación. Por ejemplo, ante la pérdida de un hijo, que es el dolor más grande que puede haber, te doy un millón de pesos pero no porque tu hijo vale ese monto, sino porque te quiero distraer para que no estés pensando las 24 horas del día en el fallecimiento. De acuerdo a tu estándar económico te puedo ofrecer esto para viajar, para que tengas bienes materiales. No compenso la muerte, sino que trato de sustituir con bienes tu pensamiento para que logres despegarte un poquito. Es difícil, como también es difícil cuantificar si el hecho ocurrió diez años atrás en una economía que no es estable.

-¿Cuáles son las causas de los hechos viales?

-Principalmente, el desconocimiento de las reglas de tránsito y la desidia. Se conduce sin importar nada más, sin importar si viene un peatón o un ciclista. Cuando uno va caminando lo percibe. En un semáforo en rojo, los vehículos invaden la senda peatonal.

No hace falta decir que cuando no hay semáforo igual el peatón tiene prioridad. Cuando lo vemos que está parado en la ochava tiene prioridad, tenés que frenar. Pero ocurre lo contrario, el automovilista en esta sociedad se siente poderoso, está empoderado en el vehículo y si es más grande, más todavía.

El clima de violencia que se ve en otras áreas, en el tránsito se potencia. Fíjate que cuando el semáforo tiene cuenta regresiva, en el número 3 en rojo ya estoy avanzando, no espero el verde. Hay una combinación de factores pero fundamentalmente se dan estas dos cuestiones. Y creemos que estamos bajo un halo protector que impedirá que algo nos ocurra.

-Ve en sus expedientes el desprecio por la vida.

-Totalmente. Hay un desprecio por los controles, cuando deberíamos estar a favor. Además se dan argumentos que no son ciertos. Por ejemplo, cuando la Policía Caminera controla hay gente que dice que se hace cargo de lo que eventualmente le suceda y que por eso no quiere usar el cinturón de seguridad, cuando no es así, porque ante un hecho la primera salida es el hospital público, que mantenemos todos.

Parece increíble que en proximidades de un colegio tengamos que tener controles.

 

El celular y el alcohol

-¿Se observa la influencia del teléfono celular en la accidentología?

-No se ve acá, porque tal vez no se puede captar con una prueba fehaciente y fidedigna, tal vez sí en el labrado de multas. Pero en algunos casos los demandados han referido que las víctimas iban distraídas por el uso del celular.

-¿Y qué papel cumple el alcohol?

-Está presente en algunos casos, pero tiene baja incidencia. No es moneda frecuente en siniestros cuya resolución está tramitándose acá. Lo que hay que decir es que cuando ha estado presente, el resultado es luctuoso. Con conductores de bici o de motos o de autos con un grado de alcohol elevado, el resultado en más del 90% es la muerte. Muchas veces es la víctima la que se encontraba alcoholizada, circulando en bici o en moto.

 

La mayoría no serían accidentes

-¿En la mayoría de los casos se trata de accidentes o todo lo contrario, son hechos que se pudieron haber prevenido?

-Como ciudadano te digo que son totalmente evitables y como hombre de Derecho refuerzo esa afirmación. Son totalmente evitables en la mayoría de los casos, si hubieran tomado las precauciones propias de la ordenanza de tránsito y valorar al par. Veo que no solo los automovilistas toman las calles desaprensivamente como un coto de caza, los conductores de motos también lo hacen y los jóvenes que andan en skate o en bici. Creen que las calles son un autódromo, un velódromo, y se trasladan sin cuidados, creyendo que porque van en bicicleta tienen más prioridad.

-¿Quiénes son los actores de los expedientes judiciales? ¿Está siempre presente la compañía de seguro?

-Habitualmente sí, ya que no se puede transitar sin seguro de responsabilidad civil. Acá llegan contra el demandado y contra la compañía de seguro. La ley de seguro requiere que antes de demandar a la compañía esté el asegurado, no se la puede demandar directamente.

En virtud de la ley del seguro, las compañías son responsables inmediatamente de cubrir los gastos de sanatorio y sepelio, hasta determinado monto. En base a esto, hoy se reclama inmediatamente a la compañía. La idea matriz es que la víctima necesita ser reparada de manera urgente en cuanto a la salud, lo que se anticipa a los fines de no esperar todo el proceso ordinario de daños y perjuicios.

-¿Cuál es el tiempo promedio que demanda actualmente una causa judicial de este tipo?

-Más o menos cuatro años, que es un término tremendo. Ocurre que en lo Civil, las partes son las principales dueñas del proceso, razón por la cual el tribunal no puede avanzar de oficio, contrariamente a lo que ocurre en lo Penal y Laboral. Nos encontramos subordinados a la petición de partes, lo que contribuye a que los plazos se extiendan.

 

“Ante la pérdida de un hijo, que es el dolor más grande que puede haber, yo te doy un millón de pesos, pero no porque tu hijo vale ese monto, sino que te lo doy porque te quiero distraer para que no estés pensando las 24 horas del día en el fallecimiento”.

 

Print Friendly, PDF & Email