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Proponen una “licencia especial por violencia de género”

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Proponen una “licencia especial por violencia de género”

Dos dirigentes justicialistas llevaron la iniciativa al Deliberante y apuntan a debatir y sumar en pos de proteger a la mujer empleada del Estado municipal. Y desde ese entorno auguran avance hacia el ámbito privado

Los dirigentes Matías Mustafá y Gabriel Miniguti dieron cuenta de la elaboración de un proyecto de ordenanza para que se implemente en el ámbito municipal una licencia especial por violencia de género para la mujer empleada.

“Ante este creciente problema social es que resulta necesario que el Estado avance dando protección a la mujer víctima de violencia. En este sentido, y a los efectos de rango legal, proponemos que el municipio dé un paso adelante. Existen pocos antecedentes de este tipo, por lo que de avanzar, seremos pioneros en Bell Ville”, marcaron los militantes de Unión por Córdoba (UPC).

Miniguti y Mustafá llevaron su propuesta al Concejo para que se debata y enriquezca

Mustafá (exconcejal) y Miniguti mencionaron además que este proyecto “fue compartido con el SUEOM (Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales) de Bell Ville a los efectos de que tome conocimiento del mismo, como así también se lo presentamos a nuestros concejales de Unión por Córdoba Cristina Macari y Gonzalo Pedano para que le den el impulso” en el cuerpo legislativo bellvillense. Añadieron que “la idea es plantear la discusión y que se enriquezca el proyecto que les compartimos para que ojalá avance en otros ámbitos”.

 

Para debatir

El proyecto podría comenzar a debatirse hoy en la sesión ordinaria del Deliberante.

Argumenta que se incorpore en el ámbito de la administración pública municipal una “licencia especial por violencia de género para la mujer” para toda aquella trabajadora municipal que fuera víctima de la violencia de género.

Esgrime que “el artículo 75 (inciso 22) de nuestra Constitución Nacional donde se incorporan tratados y convenios internacionales que estipulan de forma particular la situación de discriminación y desigualdad en que se coloca a las mujeres en la vida política, social, económica y cultural…”.

Cita que “el artículo 20 de la Carta Orgánica Municipal, en donde se establece como obligación que la Municipalidad implemente políticas tendientes a proteger la salud como un bien natural y social que hace a la dignidad humana y procura el más completo bienestar psicofísico, espiritual, ambiental y social de los vecinos”.

Describe que “la violencia de género es una manifestación cultural creciente de desigualdad y poder, en la que el Estado tiene la obligación de intervenir”; que “tiene por objetivo hacer un aporte fundamental para el diseño de políticas públicas integrales”; que “la violencia de género contra la mujer no solo ocurre en el ámbito privado familiar, sino también en el ámbito laboral”; que “ya existen iniciativas de este tipo en el Congreso nacional, en las provincias de Chubut, Santa Fe y Buenos Aires, en donde más allá de la suerte que corran las mismas es necesario avanzar en el plano local estableciendo nuestro propio régimen en el marco de autonomía que establece nuestra Carta Orgánica Municipal”; y que atiende “la ausencia de este tipo de licencia genera un vacío legal que hay que subsanar con rapidez para poder abordar la problemática social y terminar las desigualdades y vulnerabilidad de las trabajadoras, en este caso municipales”.

 

Para todas

La propuesta en su articulado plantea implementar “en el ámbito de la administración pública municipal una licencia especial por violencia de género para la mujer, cualquiera fuese la forma contractual o el régimen estatutario al que pertenezca”.

En un segundo artículo detalla: “Entiéndase como violencia de género a toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, genere una relación desigual de poder, de manera tal que afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado municipal, como así también sus funcionarios o agentes”.

En el tercero se refiere al “requisito”: “A los efectos de que la trabajadora municipal pueda gozar de la presente licencia, es requisito presentar ante la autoridad municipal correspondiente la respectiva denuncia, ya sea ésta en sede judicial o policial. La Municipalidad deberá preservar el derecho a la intimidad de la victima solicitante de la licencia”.

En el siguiente avanza en los “plazos”: “La licencia deberá ser solicitada ante la Dirección de Recursos Humanos Municipal y tendrá un plazo de cinco días hábiles desde la solicitud cuando la violencia perpetrada sobre la solicitante provenga desde el ámbito privado y/o familiar. Cuando la violencia sea perpetrada en el ámbito de la administración pública municipal, ya sea por el propio Estado o por algún agente o funcionario del mismo, la licencia tendrá un plazo de 10 días hábiles contados desde su solicitud”.

“Ante la solicitud de la licencia especial, la Municipalidad deberá disponer de medidas y acciones para el acompañamiento, seguimiento y abordaje integral de la trabajadora, ya sea con sus programas de contención, como así también de las áreas correspondientes destinadas a tal fin”, especifica en el quinto.

Y por último, el sexto, señala que la licencia especial “será con goce de sueldo, como así tampoco podrán ser modificadas las condiciones laborales, salvo que la violencia haya sido perpetuada en el ámbito laboral, en donde en este caso sí podrán modificarse a solicitud de la trabajadora denunciante. En este último caso, las autoridades municipales deberán llevar a cabo todas las acciones administrativas y legales correspondientes sobre el agente y/o funcionario que lleve a cabo las acciones o conductas violentas sobre la trabajadora municipal”.

 

Plantean que se trata de una problemática creciente y el Estado debe dar protección.

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