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Condenaron a vendedor “ambulante” de drogas

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Condenaron a vendedor “ambulante” de drogas
Gustavo Chena junto a su defensor, el abogado Juan Rusconi. Hubo confesión y el juicio se hizo abreviado

Se trata de Gustavo Oscar Chena, un villanovense de 37 años que confesó haber comercializado cocaína y marihuana en la vía pública de la vecina ciudad, donde fue detenido el 16 de enero de 2014 cuando estaba en plena faena

Gustavo Chena junto a su defensor, el abogado Juan Rusconi. Hubo confesión y el juicio se hizo abreviado
Gustavo Chena junto a su defensor, el abogado Juan Rusconi. Hubo confesión y el juicio se hizo abreviado

A requerimiento de la Fiscalía de Cámara, luego de un acuerdo con la Defensa, el juez René Gandarillas le impuso ayer una condena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo a Gustavo Oscar Chena (38), un vecino de Villa Nueva que estaba acusado de vender drogas en la calle.

Nacido en Villa María el 22 de junio de 1977, pero con último domicilio en Mitre 1757, en la vecina ciudad, este vendedor “ambulante” confesó los hechos que se le atribuían y posibilitó que el juicio se realizara bajo la modalidad de “trámite abreviado”, con lo cual se omitió la recepción de pruebas testimoniales en la sala de audiencias ubicada en el quinto piso de Tribunales.

 

Vendía en la calle

De acuerdo con la pieza acusatoria, Chena fue detenido el 16 de enero del año pasado en la vía pública villanovense, oportunidad en la que la Policía le secuestró distintos envoltorios que contenían marihuana y cocaína, además de una pequeña balanza de precisión que utilizaba para pesar la droga que le vendía a sus “clientes” habituales y de un teléfono celular en el que guardaba los datos personales de casi todos sus compradores.

En efecto, el ahora condenado individuo se ganaba la vida comercializando estupefacientes, ya fraccionados en pequeños envoltorios, con la particularidad que lo hacía de manera “ambulante”, mientras recorría las calles de Villa Nueva.

La confesión lisa y llana de los hechos le permitió acceder al mínimo de la pena prevista por la Ley Federal de Estupefacientes Nº 23.737 y, con buena conducta y un informe penitenciario favorable, podrá acceder al beneficio de la “libertad condicional” cuando complete las dos terceras partes de la condena impuesta en la víspera (o sea, 32 meses), por lo que podría salir de la cárcel el 16 de septiembre de 2016.

A la hora de los alegatos, el fiscal Francisco Márquez solicitó cuatro años de prisión, pena que había pactado previamente con el abogado defensor Juan Antonio Rusconi y que contaba con el acuerdo del acusado.

 

El marco legal

Chena fue declarado autor responsable de “comercio de estupefacientes” y “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización simple”, delitos que son reprimidos por el artículo 5, inciso “c”, de la citada norma legal.

En efecto, la Ley 23.737 establece que “será reprimido con prisión de cuatro a 15 años y multa (…) el que, sin autorización o con destino ilegítimo   (…), comercie con estupefacientes o materias primas para su producción o fabricación, o las tenga con fines de comercialización, o las distribuya, o las dé en pago, o las almacene o transporte”.

Además, Chena fue condenado por “tenencia de arma de fuego” y “resistencia a la autoridad”, ilícitos que se agregaron a la acusación ya que se opuso a ser detenido y en su poder se le secuestró una pistola de bajo calibre.

 

Venta al menudeo

Este proceso oral y público fue uno más de los muchos casos que ya se han sustanciado en la Cámara del Crimen local en los últimos dos años, tras la adhesión de la Provincia a la Ley Federal de Estupefacientes para intervenir en el juzgamiento de casos en los que se comercializan drogas al menudeo, es decir en pequeñas cantidades.

Cabe señalar que el tráfico, la producción y el acopio de estupefacientes son materia de persecución penal por parte de la Justicia Federal y es en su órbita donde se juzgan estos delitos, a través de la citada ley nacional, también conocida como “ley de drogas”.

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