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Ocho años de prisión por violar a una menor que estaba a su cargo

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Ocho años de prisión por violar a una menor que estaba a su cargo
Eduardo Estadella (foto, Radio Show) fue condenado por el juez Félix Martínez al cabo de un juicio abreviado

Juicio abreviado – Abrumado por la prueba, confesó todo y zafó de una pena más severa

Se trata de Eduardo Estadella, un albañil que abusó reiteradamente de una adolescente de su entorno familiar que vivía con él en una casa de barrio Ameghino. Los hechos ocurrieron entre 2013 y 2016. Podría llegar a salir en febrero de 2023, pero…

Un trabajador de la construcción recibió ayer una condena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo, luego que admitiera haber violado reiteradamente a una adolescente de su ámbito familiar en una vivienda ubicada en calle Alberdi al 500, en barrio Ameghino de esta ciudad.

En el marco de un juicio de trámite abreviado, Eduardo Argentino Estadella (47) se declaró culpable de los hechos ocurridos entre mediados de 2013 y octubre de 2016, cuando fue detenido luego que la menor -que tenía entre 13 y 15 años de edad- decidiera contar lo que le estaba sucediendo y una tía radicara la denuncia policial.

Estadella, nacido el 25 de mayo de 1971, fue hallado autor responsable de “abuso sexual con acceso carnal” y “corrupción de menores”, delitos que se vieron agravados por la condición de “guardador de la víctima” por parte del condenado y por la “situación de convivencia”.

Por tratarse de una causa de instancia privada, la audiencia de debate se realizó a puertas cerradas en la Cámara del Crimen local no obstante lo cual pudieron conocerse algunos aspectos del proceso penal hace casi dos años en los Tribunales villamarienses.

El juicio fue presidido por el camarista Félix Martínez y contó con la participación del fiscal Francisco Márquez y del abogado Antonio Alarcos, quienes al momento de pronunciar sus respectivos alegatos coincidieron en pedir la pena finalmente impuesta por el presidente del tribunal unipersonal.

En rigor de verdad, acusador público y defensor habían acordado previamente solicitar dicha sanción en el caso de que Estadella confesara lisa y llanamente los hechos, contribuyendo así a la realización de un juicio abreviado.

Concluida la audiencia, Alarcos habló con los medios de prensa y señaló que de no haberse arribado a un acuerdo entre las partes, probablemente su cliente habría recibido una condena de 10 años de cárcel, es decir, dos años por encima del mínimo legal que prevé el cuarto párrafo del artículo 119 del Código Pernal de la Nación.

 

Qué dice la ley

Dicha norma legal establece que “será reprimido (…) el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

En tanto, el cuarto párrafo precisa que “la pena será de ocho a 20 años de prisión si… b) el hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda; f) el hecho fuere cometido contra un menor (…), aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo”.

En otro pasaje de su contacto con los periodistas, Alarcos indicó que la menor abusada había sufrido una situación similar con anterioridad

Estadella es un convicto primario -no registra antecedente- por lo que podría solicitar la “libertad condicional” cuando complete las dos terceras partes de la pena impuesta, es decir cinco años y cuatro meses, lo cual se cumplirá en febrero de 2023.

De todos modos, solo podrá acceder a ese beneficio excarcelatorio con buena conducta y una pericia psicológica favorable que acredite fehacientemente que está apto para reinsertarse en la sociedad.

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